En el transcurso del juicio oral los jueces analizaron las reiteradas conductas de Green que se registraron en junio de 1996 cuando el ex secretario de Estado amenazó a la diputada Mara Antonia Salino.
Los jueces Martín Vazquez Acuña, Rafael Oliden y Fernando Ramirez, evaluaron los hechos denunciados por la ex legisladora y concluyeron que Green era "autor materialmente responsable del delito de coacciones reiteradas (tres hechos)".
Según relató la víctima de las amenazas, el 5 de junio de 1996 cuandose disponía a realizar un viaje a Viena para participar del "39a. período de Sesiones de la Comisión de Estupefacientes del Consejo Económicoy Social de las Naciones Unidas", Green le advirtió que si no desistía del viaje iba a “increpar a sus hijos y armar un escándalo en el hall del aeropuerto". Ante eso, Salino desistió de concurrir a ese encuentro.
Dos días después, el entonces funcionario volvió a amenazarla y le dijo que "si te veo con otro te voy a matar" y "te voy a reventar la cabeza si no me llamás. Estoy harto".
La tercera intimidación sucedió el 7 de julio del mismo año cuando Green -según se acreditó en el juicio- luego de haber compartido un almuerzo con Salino y otras personas, en el country "El Remanso"; y con el propósito de que "no finalizara la relación afectiva que mantenían" la amenazó de muerte.
Al pronunciarse en la sentencia, los jueces recordaron que la mujer norealizó el viaje a Viena "por temor a lo que pudiera pasarle a sus hijos o por el escándalo que pudiera realizar" Green en el aeropuerto de Ezeiza.
Consideraron también que "la amenaza tenía la entidad suficiente para motivar una decisión contraria a la asumida por la destinataria, ello teniendo en cuenta que se trataba de una mujer que revestía la función de Diputada de la Nación y el contexto en el que fueron realizadas las amenazas".
Por este hecho le impusieron la pena de dos años y tres meses de prisión "de cumplimiento en suspenso", pero la unificaron con otra (a dos años y nueve meses, también en suspenso) impuesta, en noviembre de 1999, por el Tribunal de Transición Cuatro del Departamento Judicial de la bonaerense localidad de Morón que lo condenó por el delito de privación ilegal de la libertad agravada por amenazas, ocurrida en medio de una interna política.