04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Liberaron a un defensor del Pueblo Adjunto de la ciudad de Buenos Aires

Gustavo Lesbegueris había sido detenido esta mañana por personal policial de civil. Luego de tomarle declaración, la juez Servini de Cubría ordenó su liberación. La Defensoría presentó habeas corpus para todos los detenidos.

 
La juez federal María Romilda Servini de Cubría ordenó esta tarde la liberación del defensor del Pueblo Adjunto de la Ciudad de Buenos Aires, Gustavo Lesbegueris, quien había sido detenido por personal policial de civil esta mañana en la Plaza de Mayo.

Lesbegueris consiguió la libertad cuando la juez le concedió el habeas corpus que presentó esta mañana la Defensora, Alicia Olivera, junto a su cuerpo de abogados. Servini de Cubría se presentó para el trámite en la comisaría 2º, en la calle Perú al 1000.

Por otra parte, Oliveira pidió a las familias de los detenidos por la vigencia del estado de sitio que se comuniquen con la Defensoría para la presentación de habeas corpus exigiendo su liberación o para conocer su paradero.

Precisamente, la defensora presentó recursos por su colaborador y por todas las personas detenidas desde que se inició el estado sitio en la noche de ayer, que quedaron radicados en el juzgado de Instrucción 18, a cargo de Roberto Grispo.

Oliveira también realizó una presentación en la Fiscalía de Instrucción a cargo de Pablo Lanusse para denunciar la agresión física que sufrieron otros integrantes de la Defensoría mientras estaban en la Plaza.

Además, a través de un escrito pidió la inconstitucionalidad del decreto por el que el presidente Fernando De la Rúa dictó el estado de sitio. “El Poder Ejecutivo Nacional no puede redactar un decreto estableciendo el estado de sitio mientras el Congreso esté funcionando”, señaló Oliveira.

“Además –continuó la defensora porteña- el estado de sitio se puede declarar sólo cuando existe un estado de conmoción interna. Lo que existe –en cambio- es una reacción legítima de la gente ante la lamentable política económica del Gobierno”.

Para la Defensora, “si ocurren hechos delictivos la sola aplicación del Código Penal basta para castigarlos; para paliar circunstancias como éstas, la obligación del Estado no es declarar el estado de sitio sino establecer políticas públicas que cubran las necesidades insatisfechas de la gente en una situación de asfixia general”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486