Se trata de María Beraud de Chochlac, quien había presentado una acción declarativa de inconstitucionalidad del decreto 1570/01, que impuso el corralito financiero, respecto de los saldos que poseía en las distintas cuentas abiertas que tenía en esa entidad bancaria.
De este modo, la juez Clara Do Pico hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y le permitió a Beraud de Chochlac extraer esa suma de los depósitos que tenía atrapados.
“La contratación del cónyuge de la actora para trabajar en Chile, lo que motivó que todo el grupo familiar de radique allí y la necesidad de que ellos cuenten con los medios económicos para iniciar su nueva residencia, me llevan a tener por acreditado el requisito del peligro en la demora que requiere el segundo inciso del artículo 230 del C.P.C.C.N”, explica Do Pico.
Además, indica que la medida debe prosperar “a los efectos de que la actora y su grupo familiar pueda contar con medios suficientes para hacer frente a sus necesidades mientras se sustancia el juicio principal”.