26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Los autorizo, pero los controlo

La justicia en lo contencioso administrativo federal autorizó a una obra social a retirar dinero de su cuenta corriente para hacer frente a los pagos a los proveedores, pero esta deberá informar el destino de las sumas.

 
La juez en lo contencioso administrativo federal de feria Clara Do Pico autorizó a la Obra Social de Peones de Taxi de la Capital Federal a extraer 50 mil pesos en efectivo de su cuenta para que de esta forma pueda cumplir con las prestaciones que tiene pactada con sus afiliados.

Asimismo, la magistrada ordenó que la Obra Social deberá informarle en forma mensual los gastos realizados con el dinero que extraiga de la sucursal Arsenal del Banco de la Nación Argentina.

De esta forma, Do Pico hizo lugar a la medida cautelar que había presentado la entidad, en la cual solicitaba que hasta que no se dictará sentencia, se ordenara al Banco Central de la República Argentina la liberación de los depósitos que tenía en una cuenta corriente en el Nación.

En la presentación, la mutual indicaba que “puesto que muchos de sus proveedores solamente entregan los insumos contra la entrega de billetes, no podían cumplir con las prestaciones pactadas con sus afiliados”, y además remarcaba que tampoco podía efectuar reintegros de cheques por 5 0 10 pesos.

En su resolución, la magistrada explicó que las limitaciones establecidas en la artículo 2 del decreto 1570/01 “no pueden en la práctica significar coartar la posibilidad de la accionante de atender las básicas necesidades de salud, de sus afiliados”.

En tanto, aseveró que “el riesgo que implica que una obra social no puede afrontar los costos en efectivo que como es de público conocimiento requieran algunas prestaciones, supera la intención de la ley de emergencia”



dju / dju
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