04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

2+2+2+2+2

Según datos que el ANSES envió a la Procuración del Tesoro hay once jueces y funcionarios judiciales que además de sus sueldos cobran jubilaciones “especiales”.

 
Aunque no fue víctima de la poda salarial dispuesta en virtud de la ley de déficit cero (25.453), el Poder Judicial no es tan distinto al resto del sector público. Al menos once funcionarios además de cobrar sus remuneraciones perciben los denominados beneficios jubilatorios especiales, también conocidas como jubilaciones de privilegio. Así se desprende de un listado publicado por la Procuración del Tesoro de la Nación, que está disponible en su página de Internet.

Con el paquete de normas que dispuso las medidas económicas, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 894, que buscó corregir lo que se consideró un despilfarro del Estado (el ANSES utiliza 1126 millones de pesos en el pago de las jubilaciones de privilegio), aunque sólo abarca la Administración Pública Nacional y no al Poder Judicial. El reglamento obliga a quienes cobran un sueldo del sector público y al mismo tiempo perciben una jubilación, a que opten por una de las dos alternativas.

En un antecedente que preocupó en el Ministerio de Economía, la juez Claudia Rodríguez Vidal resolvió el viernes pasado suspender la aplicación del reglamento –aunque con efectos en el caso concreto- al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por un discapacitado que había trabajado hasta la década del 70 en la Gendarmería Nacional.

De todas formas, fuentes de la Procuración del Tesoro aseguraron a Diariojudicial.com que la resolución judicial será apelada y criticaron técnicamente el fallo de la jueza.

En el ámbito de la Justicia, donde los beneficios son legales y ni siquiera hay un decreto que obligue a estos jubilados a optar por uno de los dos ingresos, sobresale Nicolás Reyes, el Administrador General de la Corte, a quien el Máximo Tribunal le encargó el análisis de los gastos y una sugerencia para recortar sin tener que tocar los sueldos ni la cláusula de intangibilidad que la Constitución establece como garantía a la estabilidad de los magistrados.

Reyes forma parte del exclusivo listado en el que están las 31 personas con las más altas jubilaciones “especiales”, que superan los siete mil pesos. Más precisamente está 14º en el ranking, con un haber que alcanza los 7946 pesos mensuales, al tiempo que cobra una remuneración por su trabajo de 9443.

Al realizarse las listas con los datos, cedidos por el ANSES a la Procuración en abril de 1999, se determinó como “especial” o privilegiada, a aquella jubilación que reúna al menos uno de tres requisitos: que se trate de un beneficio de jubilación otorgado por ley especial, que al momento de obtenerlo la persona tuviera una edad menor que la requerida por el régimen general o que el haber fuere superior a los 3100 pesos.

La lista de jubilados especiales que además cobran su sueldo en el Poder Judicial –según la lista publicada por la Procuración- se completa con Estela Basso, Directora General de Administración Financiera de la Corte Suprema (3252 pesos); Horacio de la Fuente, integrante de la sala VI de la Cámara laboral (3675); Norberto Ferrando, juez de General Roca (3646); Jorge Goizueta, a cargo del juzgado laboral número 71 (3476); Domingo Mercante, camarista Civil, Sala D (3476); Luis Otero, camarista del fuero Contencioso Administrativo Federal, Sala 5 (3476); Alfredo Rizzo Romano, juez del Tribunal Oral en lo Criminal 12 (3476); Leopoldo Schifrin, camarista penal de La Plata (3476); Jorge Tassara, juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 (3476) y Alejandro Uslenghi, camarista de la Sala IV del fuero Contencioso Administrativo Federal.

Temas relacionados:
Por ahora, remuneración y jubilación 13/8/2001



l. h. / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486