Los camaristas recordaron que los hechos investigados en la causa son delitos de lesa humanidad, lo que constituye “una pauta determinante para establecer la aptitud del CELS para intervenir como querellante en la causa”.
Cattani e Irurzun (el restante juez, Eduardo Luraschi, no participó porque esta de licencia) entendieron que los crímenes investigados formaron parte de “una práctica gubernamental sistemática y de gran escala”.
De esta forma, prosigue el escrito al que tuvo acceso Diariojudicial.com, el CELS puede ser querellante porque entre los objetivos de esta asociación civil “se cuenta la realización de actividades relacionadas con la defensa de la dignidad de la persona humana” y la “asistencia a las víctimas de violaciones de derechos humanos fundamentales”.
En esta causa, el CELS impulsó la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que fue concedida por el entonces juez federal de primera instancia Gabriel Cavallo y ratificada en noviembre del año pasado por la misma sala II de la Cámara Federal.
La acción contra el CELS había sido promovida por la defensora pública oficial de Del Cerro, Silvia Otero Rella, y los abogados de Simón, Pedro Bianchi y Elda Berasain.