26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Para que después no digan

La comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura aprobó un proyecto para fijar el procedimiento de remoción para sus miembros.

 
La comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura aprobó por unanimidad un proyecto que reglamenta los mecanismos de remoción de los integrantes de ese órgano de justicia de la Nación, que contempla la posibilidad que cualquier ciudadano pueda iniciar un trámite por mal desempeño o por la comisión de algún delito, fundado en pruebas fehacientes.

El dictamen elaborado por los integrantes de la comisión que preside el consejero académico Humberto Quiroga Lavié, sería tratado cuando se celebre el próximo plenario del cuerpo el 13 de marzo.

En dicho encuentro los miembros del Consejo de la Magistratura someterán a votación el proyecto y en esa ocasión deberán aprobarlo o rechazarlo. De resolver el tema en forma favorable el mecanismo tendrá implementación inmediata luego de su publicación en el Boletín Oficial.

El reglamento prevé que cualquier ciudadano pueda iniciar el trámite de remoción de un integrante del cuerpo por causales de mal desempeño o comisión de algún delito, a través de una denuncia que siempre deberá estar acompañada de las correspondientes pruebas.

Una vez admitida la denuncia contra alguno de los consejeros, se dispondrá un periodo de prueba de cuarenta días, que se podrá prorrogar por una sola vez. Si la denuncia contra el miembro del cuerpo llegará a contener “supuestos de manifiesta gravedad institucional se podrá llegar a disponer la suspensión del consejero con el voto de las dos terceras partes de los integrantes del cuerpo”.

La remoción los denunciados sólo se podrá instrumentar a partir de la convocatoria de un plenario extraordinario, convocado a tal efecto, y se hará efectivo con el voto de las tres cuartas partes de los miembros del órgano.



dju / dju
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