24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Un convenio brillante

Los fiscales Eduardo Freiler y Federico Delgado denunciaron irregularidades en un acuerdo con Australia que habilitaría el ingreso de material radioactivo al país. Apuntan a la responsabilidad de un ex procurador del Tesoro y del organismo de control en materia nuclear.

 
El acuerdo entre Argentina y Australia sobre “Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear” fue puesto bajo la lupa por los fiscales federales Eduardo Freiler y Federico Delgado, quienes pidieron como primera medida la declaración indagatoria del ex procurador del Tesoro, Ernesto Marcer y una serie de testimoniales.

Los fiscales sostienen que Marcer se expidió sobre la constitucionalidad de un acuerdo entre Argentina y Australia sin “tenerlo a la vista”, y por lo tanto, sin conocer a fondo los perjuicios que podría acarrear para el medio ambiente en el país. Los fiscales sugieren que la apresurada definición se debería a la necesidad de que el acuerdo con Australia fuera “legitimado jurídicamente” y aluden a una conversación que habría mantenido el ex presidente Fernando De la Rúa con el ministro de Economía de Australia, donde el argentino habría respaldado “con su investidura” el cuestionado contrato.

Freiler y Delgado se basan en artículos periodísticos y en análisis de organizaciones ambientalistas para advertir que el “Acuerdo sobre la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear" firmado el 8 de agosto último en Canberra, Australia, permitiría “el ingreso a nuestro país de residuos peligrosos o radioactivos”, en franca contradicción con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que “establece la protección del medio ambiente, prohibiendo el ingreso al territorio Nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos”.

En la denuncia rescataron que, según el Coordinador de la campaña de Energía de Greenpeace, Juan Carlos Villalonga, el contrato contiene una cláusula que compromete a la Argentina a que los residuos de reactores de investigación utilizados en Australia sean “procesados mediante arreglos apropiados” en el territorio nacional, para “hacerlos apto para la disposición en Australia”. Según la organización ambientalista, este material ostenta “la calidad de residuo radioactivo”, por lo cual no puede ingresar al país, según la disposición constitucional.

Los fiscales piden que se aclaren “los ribetes delictuosos que podrían desprenderse de las intervenciones de los diversos funcionarios que han participado en las gestiones previas a laformalización del acuerdo”, en ese sentido, cuestionaron el respaldo brindado por Marcer quien, explican, consintió avalar el contrato sin estudiar sus consecuencias.

Pero la denuncia incluye también posibles manejos no del todo claros en otros organismos como la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) y el INVAP, una sociedad del Estado perteneciente a la provincia de Río Negro, donde se producirían los reactores de investigación para Australia. Para los fiscales Freiler y Delgado, “resulta curioso” que el INVAP le haya indicado a la ARN (entidad que debe controlarla) “el contenido del dictamen” sobre la pertinencia del acuerdo. Además, los representantes del Ministerio Público cuestionan que la ARN no haya realizado sus propios estudios sobre el tema y sólo haya opinado a través de una nota “carente de basamento científico”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486