04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Consejeros removibles

El plenario del Consejo de la Magistratura aprobó en general y en particular un proyecto que reglamenta los mecanismos de remoción de los integrantes de ese órgano.

 
El dictamen original que fue elaborado por los integrantes de la comisión que preside el consejero académico Humberto Quiroga Lavié, fue aprobado en general por todos los miembros del Consejo y luego se trataron algunos puntos particulares del mismo en donde los miembros del cuerpo tenían diferencias.

Luego de esa votación el proyecto tuvo algunas modificaciones ya que en un primer momento el texto rezaba que todas las presentaciones de los particulares debían tener la asistencia de un abogado, lo que fue modificado ya que ahora los denunciantes no deberán contar con asistencia letrada.

De esta forma, si la denuncia presentada tiene algunos errores serán remitidos nuevamente al particular que la interponga para que un plazo la corrija y la vuelva a presentar para que de esta forma la misma no sea recusada por los ocasionales damnificados.

También, se modificó el tema del tiempo de caducidad, dado que en el dictamen de la comisión se establecía que luego de que se presentará la denuncia si trascurrían 180 días y no se producían pruebas la causa quedaba sin efecto y ahora este periodo se eliminó.

La suspensión o remoción de los consejeros se aprobará por mayoría absoluta, esto quiere decir la mitad de los presentes más uno, que tomen parte de los plenarios extraordinarios en donde se discutirán esas cuestiones.



dju / dju
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