26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Y no nos dejes caer...en la tentación

La Cámara en lo Contencioso Administrativo intimó al personal que se desempeña en un edificio cuya estructura estaría comprometida a reintegrarse a las tareas o de lo contrario será considerado “abandono de servicio”.

 
La Cámara del fuero Contencioso Administrativo Federal dispuso que el personal judicial que desempeña sus tareas en los juzgados que están en el edificio de Tucumán 1381, amenazado por el sobrepeso de expedientes, vuelva a prestar servicios en sus lugares habituales de labor, o se presente ante el tribunal para ser reasignados transitoriamente en otras funciones, caso contrario será considerado como “abandono de servicio”.

Los empleados de los cinco juzgados que se ubican en esa dependencia judicial se niegan a ingresar a sus lugares de trabajo ya que aducen que el mismo no es seguro, según los informes del Instituto Nacional de Tecnología Industrial que mencionan que el mismo se encuentra descompensado.

Los empleados resolvieron ayer negarse a ingresar al edificio por considerar que no estaba garantizada su seguridad física en el edificio cuya estructura se ha visto amenazada por el sobrepeso de expedientes que se abrieron con los amparos presentados por el corralito financiero.

La decisión fue adoptada por la Junta de Superintendencia de la Cámara que preside el juez Guillermo Galli, cuerpo que resolvió “invitar al personal a prestar servicios en los Juzgados con sede en el edificio sito en Tucumán 1381, a partir de las 7,30 horas del día 20 de marzo de 2002 (mañana), en su lugar habitual de labor”.

Asimismo, intimó “a los agentes que consideren que existe el riesgo sobre su integridad física por razones de seguridad del referido edificio a presentarse a las 7,20 horas del mismo día” ante la Secretaría General de la Cámara “a efectos que se le de destino transitorio bajo apercibimiento de abandono de servicio”.

En una resolución conocida hoy, la Cámara sostuvo que a raíz de los informes del INTI (Instituto Nacional de Seguridad Industrial) fueron dispuestas las medidas necesarias para evitar el compromiso estructural que eventualmente podría sufrir el edificio, pero ante la negativa del personal a ingresar al mismo se solicitó al organismo oficial “que con carácter urgente amplíe su informe” respecto de la seguridad del inmueble.

Por ello y “hasta tanto el INTI evacue el informe ampliatorio requerido es necesario dar destino al personal que, alegando razones de seguridad, se niega a prestar servicios en el referido inmueble”.



dju / dju
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