La Sala I de la Cámara confirmó de esa manera el fallo de primera instancia del juez en lo Correccional Omar Facciuto, con los votos favorables de Mario Filozof y Guillermo Navarro, y la disidencia de Edgardo Donna.
En su declaración indagatoria, Pellegrinelli había referido que debido a sus condiciones laborales y financieras debió disminuir la cuota alimenticia, aunque nunca dejó de ayudar a sus hijos. Sin embargo, según el fallo el descargo efectuado por el padre “no llega a resultar en modo alguno argumento de peso como para considerar que el mismo se encuentra exceptuado a realizar algún tipo de pago en concepto de cuota alimentaria, por el sólo hecho de manifestar estar con problemas económicos o laborales”.
El incumplimiento del procesado consistió en eludir en forma deliberada la obligación del pago teniendo la posibilidad de satisfacerla. “El delito en cuestión se configura objetivamente con un solo incumplimiento por parte del sujeto activo, es decir, la satisfacción parcial equivale a la insatisfacción de lo debido” se explicó en el fallo de la Cámara.
La resolución se tomó a partir de la denuncia contra Pellegrinelli que hiciera la madre de los menores, Marta Susana Ferme. Según Ferme, el imputado no ve a sus hijos desde el mes de noviembre de 1999, fecha en que dejó de aportar dinero para el sostén de los mismos.