24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Responsabilidad por actos lícitos

El Estado nacional deberá pagar una indemnización de 190 mil pesos a la familia de un joven que murió atropellado por un automóvil conducido por un grupo de ladrones mientras eran perseguidos por efectivos de la policía, según lo decidió la Cámara en lo Civil y Comercial federal.

 
La Sala II de la Cámara consideró que hubo una “relación de carácter directo” entre la muerte del joven y el accionar aún lícito de las fuerzas de seguridad y remarcó que por eso es “justo que sea toda la sociedad la que soporte el perjuicio de la indemnización”

En su fallo los integrantes de la Cámara reconocieron en favor de los padres de Adalberto Horacio Blumtin, de 28 años, 40 mil pesos por daño patrimonial y

150 mil por los padecimientos espirituales que les provocó la perdida de su hijo.

Los hechos por los cuales Blumtin pedió la vida sucedieron el 3 de junio de 1996 cuando en una persecución policial, a cargo de agentes de la seccional 38, un grupo de malvivientes que conducían un automóvil robado realizaron una maniobra en la cual aplastaron al joven contra la pared de una panadería del barrio de Flores.

Blumtin, profesor de tenis, de inmediato fue trasladado a un centro asistencial, pero tres días después perdería la vida producto de las graves heridas y golpes al ser embestido y apretado por el vehículo robado.

Los camaristas Eduardo Vocos Conesa y Marina Mariani de Vidal afirmaron que "el accionar policial, al margen de su licitud" fue el que "provocó un riesgo social: la huída a toda velocidad de los ladrones y el accidente de éstos que costó la vida de Blumtin".

Al confirmar el fallo de primera instancia del juez Roberto Torti, los integrantes de la Sala II apuntaron que “el servicio de la policía organizado por la comunidad para su protección en su accionar lícito provocó un daño".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486