Se trata de la ley 12.871, por la cual los procesos judiciales por los reclamos del corralito "son de exclusiva competencia de la justicia federal".
Al respecto, el artículo 2º de la norma señala que los magistrados y los tribunales provinciales de cualquier fuero que estuvieren interviniendo o cuya intervención fuera requerida en los mencionados procesos judiciales, a partir de hoy "pierden automáticamente la competencia y deberán así declararlo de oficio y remitir las actuaciones sin más trámite a la justicia federal".
Además, las entidades financieras están legitimadas para solicitar la remisión de las actuaciones a la justicia federal e interponer recurso de apelación, en caso de denegatoria de dicha remisión o de la suspensión de la ejecución de la medida cautelar.
Se destaca que "la resolución que disponga la declinatoria de la competencia y ordene la remisión de las actuaciones a la justicia federal es irrecurrible".
Por su parte, el artículo 3 dispone la suspensión del cumplimiento y ejecución de las medidas cautelares que se hubieren decretado y las sentencias que se hubieren dictado, en el marco de los procesos judiciales en reclamo de los ahorros retenidos en bancos.