26 de Noviembre de 2024
Edición 7099 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/11/2024

Ni sanas, ni limpias, ni espaciosas

Un juez de Garantías bonaerense ordenó a la policía el traslado de detenidos de la comisaría de José León Suárez hacia unidades carcelarias debido a las condiciones de “hacinamiento” de los calabozos, donde se encontraban detenidas 42 personas en un lugar habilitado sólo para 16.

 
La decisión fue adoptada por el titular del Juzgado de Garantías Nº 2 de San Martín, Dr. Juan Carlos Sorondo (h), al resolverfavorablemente un habeas corpus presentado por ladefensa de los detenidos y tras una inspección ocularrealizada en la dependencia policial y de la cualparticipó el Fiscal General de San Martín Dr. LuisMaria Chichizola, verificándose la falta de espacio ydenunciándose en un acta que la misma “haceque los presos duerman literalmente uno encima delotro”.

En los fundamentos de su resolución, Sorondoseñaló que “innegablemente la madre de todos losproblemas resulta ser el acusado hacinamientoexistentes en el lugar, con su inevitable efectomultiplicador de situaciones degradantes sobre losallí alojados”.

Sorondo también sostuvo que “la situación no esprivativa de la referida seccional” dado que “en laactualidad existen en las 28 comisarías de laJurisdicción un total de 820 detenidos, cuando lacapacidad de alojamiento es de 354; siendo de públicoy notorio que este estado de cosas se reitera en –almenos- todos los departamentos judiciales del Gran BuenosAires, donde el problema reviste carácter de endémico”.

El magistrado tampoco ahorró críticas al exgobernador bonaerense Carlos Ruckauf y su ley deexcarcelaciones al asegurar que “la superpoblación dedetenidos en el ámbito provincial se ha vistosensiblemente agravada a partir de la ley 12.405,prohijada de urgencia al calor de profundoscuestionamientos a la política –o falta de política-de seguridad”.

Según Sorondo, esa ley se aplicó “disponiendo elobligado encarcelamiento provisorio del sospechoso alvedar toda posibilidad excarcelatoria durante eltrámite procesal, sin importar la menor cuantía de lapena en expectativa ni la falta de antecedentes delsujeto perseguido”, por lo que “los calabozos se llenaronasí de imputados primarios que a lo sumo seriancondenados en suspenso en caso de probarse suculpabilidad”.

El juez aseveró que “ni el auge delictivo, nimucho menos una ley sancionada y promulgada sin lamenor planificación” puede “constituir justificativopara incumplir, el mismo Estado, el mandato del Art. 18de la última parte de la Constitución” que establecela condición habitable de las cárceles y que estas nosean utilizadas como castigo”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486