En ese sentido, expresó que en la presentación no se decía ni se aclaraba nada en orden a las gestiones realizadas tendientes a la contratación de “especialistas en la materia” a los fines de darle cumplimiento a las obligaciones asumidas contractualmente.
Asimismo, la magistrada indicó que “la pretensión accionaría tiende a vencer y modificar determinados actos políticos e instrucciones que la Asociación Argentina de Anestesistas habría impartido a sus integrantes, tendientes a que éstos no prestaran servicios a la accionante en el hospital Español".
La juez manifestó que "de verificarse una negativa como la descripta, incumbiría a los propios amparistas el cumplimiento de sus responsabilidades” al tiempo que aseveró que en esos casos deberían derivarse los pacientes a otras instituciones.
El Hospital Español no cuenta con el servicio de anestesista desde fines del año último, debido a deudas originadas por los anteriores propietarios del nosocomio.