20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ni censura ni golpes

Al resolver un amparo, la justicia salteña ordenó al Jefe de la Policía de la Provincia que adopte las medidas necesarias para que, mediante el personal de las fuerzas de seguridad a su cargo, “se le garantice el derecho a trabajar, a recibir y dar información y la integridad física y de los elementos de trabajo al periodista Marco Díaz Muñoz”.

 
El Juzgado de Instrucción Formal de 4° Nominación hizo lugar a la acción de amparo presentada por el periodista salteño, que demandó la adopción de medidas para ordenar “el cese de las agresiones e intimidaciones efectuadas por personal policial”.

Según la resolución, "quedó debidamente probado que efectivos policiales adoptan conductas que obstaculizan, perturban y amenazan al amparista en el desempeño de su labor como periodista. Ya sea ello reprimiéndolo, amedrentándolo, obstaculizando su paso, tapando la cámara que lo acompaña o rompiendo elementos de trabajo".

Muñoz se desempeña como periodista en calidad de corresponsal de canales nacionales de televisión, por lo que supo trabajar para TN, Canal 13, Azul Televisión y actualmente lo hace para América TV. En cumplimiento de su labor periodística cubrió manifestaciones de protesta social en la provincia de Salta y de Jujuy. Según su demanda, en esas ocasiones la Policía de Salta lesionó, restringió y amenazó sus derechos y garantías de carácter constitucional.

El demandante detalló que en esas circunstancias fue golpeado sobre la boca del estómago con un bastón antidisturbios por un efectivo policial de infantería y también que le rompieron la cámara filmadora.

En ese sentido, con el patrocinio de su abogada Mara Puntano, Muñoz radicó una denuncia ante la justicia penal. La causa por apremios ilegales se encuentra radicada en la Fiscalía Penal N º 4, donde ofreció un video como prueba.

La resolución a favor del periodista fue avalada con el artículo 23 de la Constitución de la Provincia, donde se garantiza la libertad de expresión y de difundir, sin censura previa, sus pensamientos, ideas, opiniones y críticas mediante la palabra oral o escrita, por cualquier medio de comunicación, así como la libertad de buscar, recibir y transmitir información. Así también como con el artículo 14 de la Constitución Nacional que garantiza a los habitantes de la Nación el derecho de libertad de expresión, sin censura previa.



dju / dju
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