04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Se puede condenar sin acusación fiscal

La Corte Suprema cambió la “doctrina Tarifeño” y confirmó la condena a un empresario aunque el fiscal durante el debate no había formulado la acusación contra este.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, al confirmar una condena de prisión perpetua en contra de un empresario de la provincia de Salta, que estaba acusado de haber instigado el asesinato de un letrado, modificó el criterio sostenido hasta la fecha que no aceptaba la posibilidad de que los tribunales apliquen un fallo de condena si el fiscal de la causa había solicitado la absolución del proceso.

De esta forma, los ministros, al confirmar la pena en contra del empresario Pedro Marcilese, quien durante el juicio que se desarrolló en los tribunales salteños clamó por su inocencia, dieron por tierra con el criterio conocido en la jurisprudencia argentina como “doctrina Tarifeño” ya que lo condenó pese a que el fiscal no había formulado cargos.

Según esa doctrina, establecida por la Corte Suprema en los autos "Tarifeño, Francisco s/ encubrimiento en concurso ideal con abuso de autoridad”, resueltos el 28 de diciembre de 1989 y que fue seguida hasta hoy en los distintos tribunales orales, cuando un representante del Ministerio Público no acusaba al imputado durante el debate, el mismo quedaba libre de culpa y cargo, criterio que fue modificado hoy con este nuevo fallo de la Corte.

Esta decisión del alto tribunal tiene un antecedente, ya que una causa anterior había resuelto que los tribunales estaban facultados para condenar si se daba el hecho de que existiera acción civil, que en el caso de análisis fue encarnada por la mujer del abogado que resultó asesinado.

Durante el proceso de juicio oral y aunque no existía acusación fiscal, los jueces de salta condenaron al empresario por haber “encargado el homicidio del letrado Miguel de Escalada”, conforme lo solicitado por la querella.

De esta forma, los ministros Julio Nazareno, Eduardo Moline O´Connor, Carlos Fayt, Guillermo López y Adolfo Vázquez avalaron la decisión de sus pares de Salta y modificaron el criterio que estuvo vigente por más de 10 años, en tanto Augusto Belluscio y Gustavo Bossert firmaron en disidencia.

El caso Marcilese salió a la luz en Salta el 13 de junio de 1993 cuando el cadáver del letrado De Escalada fue encontrado con heridas de bala en la cabeza, el pecho, el abdomen y la mano, en el interior de su propio automóvil.

La investigación estableció que De Escalada había sido asesinado por su supuesta amante, Mónica Nuccearelli, y su marido, Armando Ureña, y se descubrió que este último había tenido una relación comercial con el empresario Marcilese.

En el desarrollo del juicio, durante 1998, los jueces de Salta condenaron al matrimonio y al empresario a prisión perpetua, pese a que el fiscal no formuló acusaciones contra este.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486