De esta forma, los ministros, al confirmar la pena en contra del empresario Pedro Marcilese, quien durante el juicio que se desarrolló en los tribunales salteños clamó por su inocencia, dieron por tierra con el criterio conocido en la jurisprudencia argentina como “doctrina Tarifeño” ya que lo condenó pese a que el fiscal no había formulado cargos.
Según esa doctrina, establecida por la Corte Suprema en los autos "Tarifeño, Francisco s/ encubrimiento en concurso ideal con abuso de autoridad”, resueltos el 28 de diciembre de 1989 y que fue seguida hasta hoy en los distintos tribunales orales, cuando un representante del Ministerio Público no acusaba al imputado durante el debate, el mismo quedaba libre de culpa y cargo, criterio que fue modificado hoy con este nuevo fallo de la Corte.
Esta decisión del alto tribunal tiene un antecedente, ya que una causa anterior había resuelto que los tribunales estaban facultados para condenar si se daba el hecho de que existiera acción civil, que en el caso de análisis fue encarnada por la mujer del abogado que resultó asesinado.
Durante el proceso de juicio oral y aunque no existía acusación fiscal, los jueces de salta condenaron al empresario por haber “encargado el homicidio del letrado Miguel de Escalada”, conforme lo solicitado por la querella.
De esta forma, los ministros Julio Nazareno, Eduardo Moline O´Connor, Carlos Fayt, Guillermo López y Adolfo Vázquez avalaron la decisión de sus pares de Salta y modificaron el criterio que estuvo vigente por más de 10 años, en tanto Augusto Belluscio y Gustavo Bossert firmaron en disidencia.
El caso Marcilese salió a la luz en Salta el 13 de junio de 1993 cuando el cadáver del letrado De Escalada fue encontrado con heridas de bala en la cabeza, el pecho, el abdomen y la mano, en el interior de su propio automóvil.
La investigación estableció que De Escalada había sido asesinado por su supuesta amante, Mónica Nuccearelli, y su marido, Armando Ureña, y se descubrió que este último había tenido una relación comercial con el empresario Marcilese.
En el desarrollo del juicio, durante 1998, los jueces de Salta condenaron al matrimonio y al empresario a prisión perpetua, pese a que el fiscal no formuló acusaciones contra este.