20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

¿Cambio de Juez?

La causa por la desaparición de una veintena de montoneros durante la dictadura militar podría pasar a manos del juez Jorge Urso, si el magistrado hace lugar a la recusación contra su par Claudio Bonadío.

 
La investigación por la desaparición de militantes de la organización Montoneros está en un impasse, ya que el juez federal Claudio Bonadío envió a la Cámara Federal el incidente de recusación promovido por Florencio Varela, defensor de cuatro ex militares imputados en la causa.

La semana pasada, Varela había recusado al juez que promovió las detenciones masivas de militares retirados, entre los que se cuenta el ex dictador Leopoldo Fortunato Galtieri. El abogado argumentó que el juez tenía una “enemistad manifiesta con las Fuerzas Armadas”.

Varela -que representa a Francisco Molina, José Pereiro, Arturo Pelejero y Hermes Rodríguez- aseguró que el 18 de febrero de 1999 Bonadío se había declarado incompetente en la causa, porque de lo que surgía del expediente se presumía que todas las personas desaparecidas habían permanecido detenidas en la guarnición de Campo de Mayo.

Por eso, Varela aseguró que Bonadío “tenía y tiene la obligación legal de señalar cuáles son los nuevos elementos de juicio que lo llevaron a modificar” su primer criterio. Por eso, el abogado aseguró que el magistrado tomó medidas “arbitrarias”.

Fuentes judiciales confirmaron que el juez Bonadío rechazó la recusación del defensor de los ex militares, pero igual envió el expediente a la Cámara Federal ya que -indicaron- así se contempla en el código viejo por el cual se rige esta causa.

Se supo además que la Cámara sólo se limitó a mandar a sorteo la causa -que recayó en el juez Urso- quien será el encargado de evaluar la pertinencia o no de la recusación, tal como se disponía en el anterior ordenamiento.

Sin embargo, según algunas fuentes, Urso podría rechazar “in límine” el planteo, una potestad que le cabe al magistrado cuando entiende que las causales de recusación son “manifiestamente improcedentes”.



dju / dju
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