24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Por las dudas

El precandidato presidencial y gobernador de Córdoba, José Manuel de la Sota, presentó ante la justicia electoral una acción declarativa de certeza con el fin de que se le permita continuar realizando por distintos canales de televisión, por radio, diarios y publicidad en la vía pública la difusión de “sus propuestas, ideas, y proyectos”.

 
El precandidato realizó la presentación ante la juez con competencia electoral María Servini de Cubría, a raíz de que algunos legisladores de la Unión Cívica Radical y la también postulante a la presidencia Patricia Bullrich habrían adelantado la intención de pedir la suspensión de la emisión de un spot publicitario que lo tiene como protagonista.

En el aviso se puede ver a De la Sota contando cuales serán sus proyectos si gana los comicios y todas las cosas que hizo en Córdoba desde que se impuso en las últimas elecciones para gobernador.

En ese sentido, De la Sota explicó que “cualquier ciudadano argentino puede ejercer la facultad constitucional de expresar libremente sus ideas, propuestas y proyectos por la prensa oral, escrita o televisiva”.

Respecto de la legislación relativa a los anuncios publicitarios de los candidatos, recordó que la ley 25.611 hace mención a que “la campaña electoral para la elección interna abierta( 15 de diciembre) podrá iniciarse 30 días antes y deberá finalizar 48 horas antes de la fecha fijada para la elección”

En tanto, para la emisión en medios masivos televisivos de espacio publicitario destinados a captar el sufragio comentó que las misma “se limitará a 10 días previos” al día en que celebren las internas.

De la Sota se refiere al artículo 29 bis de la ley 23.298, incorporado por la ley 25.611, que en su parte pertinente dispone que “La campaña electoral para la elección interna abierta podrá iniciarse treinta (30) días antes y deberá finalizar cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha fijada para la elección.

La emisión, en medios televisivos, de espacios de publicidad destinados a captar el sufragio se limitará a los diez (10) días previos a la fecha fijada para la elección”.

Al respecto, el precandidato afirmó que estas disposiciones “sólo son aplicables a partir de que las formulas de candidatos han sido oficializadas ante la Justicia Electoral” y remarcó que en su caso “nadie a oficializado la fórmula” por lo cual entendió que él no esta cometiendo ninguna infracción a la ley.

Además, explicó que “las actividades económicas, los debates, las conferencias, la presentación de planes y proyectos, la realización de congresos y simposios, no deben ser considerados como partes integrantes de la campaña electoral”.

De ese modo, manifestó que resulta claro que en el único mensaje televisivo emitido por él hasta la fecha se presentan “planes y proyectos” los que si se sigue las normas vigentes “no deben ser considerados como partes integrantes de la campaña electoral”.



dju / dju
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