20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Propuestas contra la inseguridad

La Comisión Asesora para la Prevención del Secuestro de Personas, coordinada por León Carlos Arslanián, entregó hoy a Eduardo Duhalde el “Informe Final”, con una serie de propuestas para enfrentar el aumento de inseguridad que se vive en todo el país. TEXTO COMPLETO DEL INFORME Y LOS PROYECTOS PRESENTADOS

 

Esta Comisión fue creada por los decretos 1.651/02 y 1.659/02, para que sugiera o proponga las distintas medidas que juzgue apropiadas, con el fin de superar la problemática "del delito de secuestro extorsivo en sus diversas modalidades (express u organizado)".

En los fundamentos de los decretos se destacó que la Comisión debía estar integrada por personas que, "en razón de su experiencia, de su desempeño en el área de seguridad o de inteligencia, de su labor judicial, académica o parlamentaria, estén en condiciones de efectuar aportes útiles a tan grave problema". Por ello, además de Arslanián, el grupo asesor se conformó con los aportes de Jorge A. Agúndez, Carlos Alberto Beraldi, Luis María Cabral, Pedro R. David, Edgardo A. Donna, María Del Carmen Falbo, Enrique A. Gallesio, Alberto J. B. Iribarne, Esteban Marino, Julio A. Piaggio, Miguel Ángel Pichetto, Norberto J. Quantin, Norberto E. Spolansky y Margarita R. Stolbizer.

Del texto del Informe Final se advierte que la Comisión centró su labor en cuatro temas: La reforma penal, la reforma procesal penal; la inteligencia criminal y las medidas de naturaleza administrativa.

Previo al tratamiento de cada uno de ellos, se destacó que "si se compulsan las estadísticas de los delitos perpetrados en contra de la propiedad correspondientes a la última década, tomando en consideración el territorio de la República Argentina, se verifica un incremento de los índices en una magnitud del 88%".

También se advirtió que "existe una notable conexión entre la caída del salario, la inequidad en la distribución del ingreso y el incremento de los delitos en contra de la propiedad".

"A manera de síntesis, la Comisión aprecia que el control sobre el delito implica intervenir en todos los niveles: sobre las causas de aquél, sobre el control social ejercido por la comunidad y las instituciones específicas y sobre la situación de la víctima. Si se opera tan sólo en el fortalecimiento de las instituciones penales es más que probable que fracasemos en nuestro objetivo y contribuyamos con ese fracaso a un desprestigiamiento de aquellas (policías, jueces, agentes penitenciarios)"(sic).

En cuanto a la reforma penal, se trabajó sobre la base de la modificación de los arts. 23, 142 bis y 170 y la inclusión del art. 41 ter, del Código Penal.

De los proyectos normativos presentados en los anexos del Informe, surgen las siguientes propuestas:

* Mayores penas para quienes cometan secuestros extorsivos a través de la inclusión de circunstancias de agravación (diez o veinticinco años de reclusión a prisión), entre las que se computa, como resultado, la muerte dolosa, con pena de prisión o reclusión perpetua.

* Mayores penas mediante nuevas circunstancias de agravación para la privación ilegal de la libertad calificada (art. 142 bis del Código Penal).
* Pérdida de los bienes inmuebles y muebles utilizados para cometer el delito, cuyo producido habrá de beneficiar a las víctimas.

* Mayor agilidad y eficacia en la lucha contra tales delitos a través de las siguientes medidas:
"a) Incorporación de la institución del cooperador, pudiéndoselo beneficiar con una reducción de pena si aporta información que permita conocer el lugar en que se encuentra la víctima o la identidad de otros partícipes o encubridores que tengan una responsabilidad superior a la suya.
b) Concesión de recompensas para testigos que brinden información valiosa.
c) Aumento de facultades a los Fiscales para que:
c.1. tengan a su cargo la instrucción penal preparatoria;
c.2. puedan efectuar -bajo ciertas circunstancias-, por sí, sin orden judicial:
c.2.1 allanamientos de lugares en procura del hallazgo de la víctima;
c.2.2 intervenciones telefónicas;
c.2.3 realizar diligencias en cualquier lugar del país, sin necesidad de recurrir al trámite de exhortos.
d) Reducción en la mitad de los términos ordinarios establecidos para la duración del sumario y de los actos preliminares del debate.
e) Reforma de la Ley Nacional de Telecomunicaciones para que las empresas licenciatarias de servicio de telefonía presten mayor cooperación en las interceptaciones telefónicas." (la negrita es nuestra)

* Mayor y mejor Inteligencia Criminal a través de la creación de un Programa que contará con una base informática de datos provenientes de las policías, fuerzas de seguridad y fuentes judiciales, a los fines de su análisis para la elaboración de planes de prevención y orientación de las investigaciones.

* Mayor protección a la comunidad, mediante la creación de un organismo (CONASEP) para la elaboración de manuales de prevención, propuestas comunicacionales, fortalecimiento de redes sociales, entre otras funciones.

* Mayor protección a la víctima a quien se la ampara mediante un Programa de asistencia económica, médica y familiar y se le brinda seguridad personal.

* Mayor protección a testigos e imputados cuando hubieren colaborado de un modo eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos de: secuestro extorsivo y privaciones agravadas de la libertad, violación a la ley de estupefacientes y terrorismo, mediante la creación de un Programa Nacional.

El Informe concluye con un reclamo para que se haga "un esfuerzo de magnitud en cuanto a mejorar sustancialmente el presupuesto en materia de seguridad mediante la reasignación de partidas presupuestarias y, probablemente, una reestructuración del gasto en dicha área" y se destaca como una cuestión de enorme gravedad "la situación carcelaria y el hacinamiento en las Comisarías de la Provincia de Buenos Aires, circunstancia que torna estéril a una parte importante de su personal en la custodia de detenidos".



dju / dju

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