Esta Comisión fue creada por los decretos 1.651/02 y 1.659/02, para que sugiera
o proponga las distintas medidas que juzgue apropiadas, con el fin de superar
la problemática "del delito de secuestro extorsivo en sus diversas modalidades
(express u organizado)".
En los fundamentos de los decretos se destacó que la Comisión debía estar integrada
por personas que, "en razón de su experiencia, de su desempeño en el área de
seguridad o de inteligencia, de su labor judicial, académica o parlamentaria,
estén en condiciones de efectuar aportes útiles a tan grave problema". Por ello,
además de Arslanián, el grupo asesor se conformó con los aportes de Jorge A.
Agúndez, Carlos Alberto Beraldi, Luis María Cabral, Pedro R. David, Edgardo
A. Donna, María Del Carmen Falbo, Enrique A. Gallesio, Alberto J. B. Iribarne,
Esteban Marino, Julio A. Piaggio, Miguel Ángel Pichetto, Norberto J. Quantin,
Norberto E. Spolansky y Margarita R. Stolbizer.
Del texto del Informe Final se advierte que la Comisión centró su labor en
cuatro temas: La reforma penal, la reforma procesal penal; la inteligencia criminal
y las medidas de naturaleza administrativa.
Previo al tratamiento de cada uno de ellos, se destacó que "si se compulsan
las estadísticas de los delitos perpetrados en contra de la propiedad correspondientes
a la última década, tomando en consideración el territorio de la República Argentina,
se verifica un incremento de los índices en una magnitud del 88%".
También se advirtió que "existe una notable conexión entre la caída del salario,
la inequidad en la distribución del ingreso y el incremento de los delitos en
contra de la propiedad".
"A manera de síntesis, la Comisión aprecia que el control sobre el delito implica
intervenir en todos los niveles: sobre las causas de aquél, sobre el control
social ejercido por la comunidad y las instituciones específicas y sobre la
situación de la víctima. Si se opera tan sólo en el fortalecimiento de las instituciones
penales es más que probable que fracasemos en nuestro objetivo y contribuyamos
con ese fracaso a un desprestigiamiento de aquellas (policías, jueces, agentes
penitenciarios)"(sic).
En cuanto a la reforma penal, se trabajó sobre la base de la modificación de
los arts. 23, 142 bis y 170 y la inclusión del art. 41 ter, del Código Penal.
De los proyectos normativos presentados en los anexos del Informe, surgen las
siguientes propuestas:
* Mayores penas para quienes cometan secuestros extorsivos a través de la inclusión
de circunstancias de agravación (diez o veinticinco años de reclusión a prisión),
entre las que se computa, como resultado, la muerte dolosa, con pena de prisión
o reclusión perpetua.
* Mayores penas mediante nuevas circunstancias de agravación para la privación
ilegal de la libertad calificada (art. 142 bis del Código Penal).
* Pérdida de los bienes inmuebles y muebles utilizados para cometer el delito,
cuyo producido habrá de beneficiar a las víctimas.
* Mayor agilidad y eficacia en la lucha contra tales delitos a través de las
siguientes medidas:
"a) Incorporación de la institución del cooperador, pudiéndoselo
beneficiar con una reducción de pena si aporta información que permita conocer
el lugar en que se encuentra la víctima o la identidad de otros partícipes o
encubridores que tengan una responsabilidad superior a la suya.
b) Concesión de recompensas para testigos que brinden información valiosa.
c) Aumento de facultades a los Fiscales para que:
c.1. tengan a su cargo la instrucción penal preparatoria;
c.2. puedan efectuar -bajo ciertas circunstancias-, por sí, sin orden judicial:
c.2.1 allanamientos de lugares en procura del hallazgo de la víctima;
c.2.2 intervenciones telefónicas;
c.2.3 realizar diligencias en cualquier lugar del país, sin necesidad de recurrir
al trámite de exhortos.
d) Reducción en la mitad de los términos ordinarios establecidos para la
duración del sumario y de los actos preliminares del debate.
e) Reforma de la Ley Nacional de Telecomunicaciones para que las empresas
licenciatarias de servicio de telefonía presten mayor cooperación en las interceptaciones
telefónicas." (la negrita es nuestra)
* Mayor y mejor Inteligencia Criminal a través de la creación de un Programa
que contará con una base informática de datos provenientes de las policías,
fuerzas de seguridad y fuentes judiciales, a los fines de su análisis para la
elaboración de planes de prevención y orientación de las investigaciones.
* Mayor protección a la comunidad, mediante la creación de un organismo (CONASEP)
para la elaboración de manuales de prevención, propuestas comunicacionales,
fortalecimiento de redes sociales, entre otras funciones.
* Mayor protección a la víctima a quien se la ampara mediante un Programa
de asistencia económica, médica y familiar y se le brinda seguridad personal.
* Mayor protección a testigos e imputados cuando hubieren colaborado
de un modo eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa
a los delitos de: secuestro extorsivo y privaciones agravadas de la libertad,
violación a la ley de estupefacientes y terrorismo, mediante la creación de
un Programa Nacional.
El Informe concluye con un reclamo para que se haga "un esfuerzo de magnitud
en cuanto a mejorar sustancialmente el presupuesto en materia de seguridad mediante
la reasignación de partidas presupuestarias y, probablemente, una reestructuración
del gasto en dicha área" y se destaca como una cuestión de enorme gravedad "la
situación carcelaria y el hacinamiento en las Comisarías de la Provincia de
Buenos Aires, circunstancia que torna estéril a una parte importante de su personal
en la custodia de detenidos".