22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Los impuestos se pagan con pesos

Hoy fue publicado en el Boletín Oficial otro decreto que suspende por noventa días la posibilidad de pagar impuestos nacionales con títulos de la deuda pública. TEXTO DEL DECRETO 2243/02

 

Así lo dispone el decreto de necesidad y urgencia 2243/02 del Poder Ejecutivo, publicado hoy en el Boletín Oficial, cuyo artículo 1º sustitúye el artículo 1º del decreto Nº 1657/02, (publicado en el BO el 6/9/2002), el que quedará redactado como sigue:

"Suspéndese el Régimen previsto por los Decretos Nros. 424 de fecha 10 de abril de 2001, 1615 de fecha 6 de diciembre de 2001, 1005 de fecha 9 de agosto de 2001 y 1226 de fecha 2 de octubre de 2001, para la cancelación de obligaciones tributarias nacionales con títulos de la deuda pública, por el plazo de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de publicación del presente decreto".

De esta manera, el Ejecutivo busca aumentar los ingresos en pesos, evitando recibir los titulos que él mismo emitió. La nueva norma también suspende por igual plazo la transferibilidad de los títulos para pagar dichas obligaciones tributarias.

Estos eran uno de los temas cuestionados por el Fondo Monetario Internacional para avanzar en las negociaciones por un acuerdo de renegociación de la deuda. Estrictamente, la posición de máxima del Fondo es que todos los ingresos fiscales, no solo los del Estado Nacional, sino los de provincias y municipios, sean en pesos, rechazándose todo pago en títulos públicos y "cuasi monedas", como los patacones, Lecops, Quebrachos, etc.



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