En un dictamen de 11 fojas que Diariojudicial.com publica íntegro, los fiscales señalaron que “la decisión de dejar sin efecto las elecciones internas, dispuesta por la mayoría en el congreso nacional del PJ, ha sido adoptada dentro del marco de posibilidades que la Carta Orgánica le confiere a ese cuerpo”.
Sin embargo, los fiscales alertaron que desde el punto de vista político, “la forma más transparente, acabada y genuina de funcionamiento democrático es la elección interna de los candidatos para las elecciones correspondientes al período 2003-2007”.
A pesar de la aclaración, queda claro que el dictamen de Di Lello y Berlanda es un punto favor del duhaldismo en la puja interna que mantienen, a nivel partidario y en la justicia, con el ex presidente y precandidato Carlos Menem, que reclama comicios internos el próximo 23 de febrero para decidir la fórmula partidaria con vistas a las elecciones del 27 de abril.
De cualquier forma, la decisión final está en manos de la juez María Servini de Cubría, que ya prometió “para esta semana” una resolución en la causa iniciada por Luis Giacosa, apoderado de la fórmula Menem-Romero, contra la decisión del congreso partidario de suspender los comicios y autorizar a todos los candidatos a participar directamente en las elecciones generales del 27 de abril.
Para fundamentar el dictamen, los fiscales indicaron que “la Constitución nacional en sus artículos 94/98 habla de fórmulas y la ley de partidos políticos y el Código Nacional Electoral no establecen el número de candidatos que un partido puede presentar”, remarcaron.
También, los representantes del Ministerio Público recordaron que, actualmente, está vigente el texto original de la ley 23.298, que otorga a cada partido la potestad de realizar o no elecciones internas. En esa línea es la Carta Orgánica del PJ la que establece para este caso que “el Congreso Nacional del partido es su organismo supremo y representa directamente a la soberanía popular”.
En esa línea, concluye que la designación de candidatos por parte del Congreso partidario es “una de las formas posibles de la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos”.
Por último, a la única resolución del Congreso del PJ a la que los fiscales se opusieron es la que dispuso que la Comisión de Acción Política seleccionará a la fórmula del PJ, en caso de que la Justicia electoral rechace la aplicación de los “neo-lemas”.