En ese sentido y luego de "verificar personalmente que ninguno de los empleados de nuestra casa ha percibido los pagos dispuestos como obligatorios por los Decretos del PEN 1.273, 1.371 y 2.641, todos del año 2002" el presentante solicitó que se incorpore en el orden del día de la próxima Asamblea el tema en cuestión por considerarlo de magnitud y entidad necesaria ya que ..."podrían repercutir de manera nociva hacia el exterior".
Señala que dicha actitud "no sólo es violatoria y confiscatoria de derechos y garantías de quienes trabajan para nosotros... sino que la misma puede generar una avalancha de juicios de uno o mas empleados contra la institución como así también sanciones del Ministerio de Trabajo al incumplir tales disposiciones".