01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Se vienen los cursos

El Ministerio de Justicia publicó la resolución que aprueba los contenidos y objetivos de los cursos de capacitación en mediación y otros métodos alternativos de resolución de conflictos.TEXTO COMPLETO

 
El Ministerio de Justicia de la Nación aprobó los objetivos, contenidos, carga horaria mínima y requerimientos de planificación de los programas relacionados con los cursos de capacitación en mediación y otros métodos alternativos de resolución de conflictos, que dicte el personal afectado para el desarrollo de dichas tareas junto con los requerimientos que deberá cumplir el cuerpo docente.

La cartera de justicia hizo pública tal decisión en el Boletín oficial mediante resolución 191/2003 en la cual dispuso los objetivos y condiciones que deberán cumplir, en el desarrollo de tareas de capacitación, los aspirantes a ingresar a los Registros de Mediadores, los profesionales matriculados en el mismo y al Registro Nacional de Conciliadores Laborales.

Además, en la norma se dejó en claro que las solicitudes de realización de cursos de capacitación en mediación y otros métodos de resolución de conflictos, deberán ser formuladas a través de una nota firmada por la autoridad competente a las autoridades de la Dirección Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia, la cual se deberá presentar en la Mesa de Entradas de la dependencia con anticipación a la realización del curso.

También, se expresó que una vez que el curso halla finalizado se deberá elaborar un acta firmada por el docente en la cual tendrá que constar el lugar donde el curso se desarrolló, la entidad solicitante, título del curso, carga horaria presencial, lista de participantes aprobados, junto con el registro de asistencia y evaluación de los mismos.

Desde el ministerio justificaron la medida en cuando mencionaron que la misma respondía a la amplia diversidad de proyectos de capacitación en métodos alternativos de resolución de conflictos, que se dictan simultáneamente en los ámbitos nacional y provincial hacía necesario establecer un mecanismo unánime de supervisión y certificación de los mencionados programas.

Los cursos previstos abarcan tanto la formación inicial para aspirantes a mediadores y/o conciliadores como la capacitación, actualización y especialización en donde cobrará vital importancia el análisis de las vivencias surgidas en situaciones reales. La resolución en este sentido preve en uno de sus anexos los contenidos que deberán tener los diferentes cursos.



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