04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Suspenden las elecciones porteñas

Lo resolvió la juez federal María Servini de Cubría ante un pedido del apoderado del Justicialismo quien planteó la “incertidumbre” existente en la convocatoria para el 8 de junio.

 
La juez federal con competencia electoral María Servini de Cubría suspendió las elecciones convocadas para el próximo 8 de junio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a raíz de un pedido del apoderado del justicialismo metropolitano, que planteó la presunta incertidumbre en torno al llamado.

El pedido había sido formulado por el apoderado del Justicialismo, Emilio Cardillicchio, quien reclamó a la justicia electoral haga cesar el “estado de incertidumbre” generado en torno a la convocatoria, mediante una acción “meramente declarativa”.

Servini de Cubría resolvió la suspensión de los comicios hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Al cierre de esta edición el jefe de gobierno, Anibal Ibarra, se aprestaba a anunciar la suspención de las elecciones para dar cumplimiento al fallo.

En la presentación se señalaba que mientras el ejecutivo Nacional convocaba a elecciones para “diputados Nacionales”, el gobierno de la ciudad autónoma llamaba para esa misma fecha a que “se elija jefe/a de Gobierno y Vice Jefe/a de gobierno, como así también Diputados/as para integrar los poderes Ejecutivos y Legislativos de la Ciudad”.

Señala en ese sentido que “por aplicación de la Ley Nacional 19945 el Jefe de Gobierno de la Ciudad (...) , firmó el decreto 208/2003 por el cual dispone que el comicio convocado para el 8 de junio de 2003 se efectué con sujeción a la ley de simultaneidad de elecciones”.

Al respecto indica que “El estado de incertidumbre se genera, fundamentalmente con la acordada 1 del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, del 6 de marzo de 2003, donde se aprueba el cronograma para Renovación de Autoridades del Gobierno y la Legislatura local” dado que “presenta una serie de contradicciones con la legislación nacional, y dudas que hacen que sea muy confuso el desarrollo, tanto de las tareas previas como las posteriores al acto eleccionario”.

En ese sentido, el apoderado del PJ exigió hacer “cesar” el verdadero “caos” ya que existen “fechas fijadas para actos que se atribuyen a Autoridades que por leyes nacionales, le corresponden a otras, referencias a padrones que no existen, etc; dudas que se plantean y es menester aclararlas”.

Respecto de los padrones indican que sólo podrán utilizarse los correspondientes a los comicios para diputados nacionales, por lo que “no tiene sentido” que el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad fije fechas para tachas de los mismos y plazos para reclamos.

Una situación similar se plantearía con la oficialización de boletas. Analizada la situación Servini concluyó que de la lectura del Cronograma elaborado por el Tribunal Superior porteño “surgen diversas y claras contradicciones con las disposiciones de la normativa aplicable en la materia, que rige en la especie en virtud de la Ley de Simultaneidad de Elecciones”.

Tras analizar punto por punto la cuestión planteada, la magistrada entendió que la situación “evidencia el claro desconocimiento y estado de duda generalizado en las entidades políticas, a causa del cronograma adoptado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes operan como canal de información hacia sus afiliados y el resto del cuerpo electoral”, por lo que resolvió hacer lugar a la medida requerida.

La medida también obedece a que de acuerdo con ese cronograma mañana 8 de abril vence el plazo para el registro de alianzas electorales transitorias, y ante la situación que se plantea “resulta improcedente mantener la vigencia de ese proceso electoral local”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486