La resolución entre sus considerandos da cuenta de que con motivo de la creación de tres fiscalías para el fuero penal tributario de esta capital, los fiscales Claudio Navas Rial, José Barbaccia y Jorge Dahl Rocha, habían solicitado se contemple la posibilidad de disponer su traslado, en virtud de lo normado en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Ministerio Público de la Nación Nº 24.946.
La autorización del Procurador se emitió previo dictamen de la Asesoría Jurídica quien señaló “que la cuestión planteada se enmarca en lo dispuesto por el artículo 15 de la ley 24.946, por lo cual no existe objeción alguna a que el Procurador General de la Nación haga lugar al pedido de traslado formulado por los señores fiscales,...” ya que “no se afecta derecho alguno de los Magistrados solicitantes”.
Asimismo tuvo especial consideración el art. 74 de la ley orgánica del Ministerio Público que reza: “El Procurador General de la Nación y el Defensor General de la Nación en sus respectivos ámbitos, podrán modificar la estructura básica existente a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley mediante el dictado de reglamentaciones, en tanto no afecten los derechos emergentes de la relación de servicio de los magistrados, funcionarios y empleados actualmente en funciones”.
Los magistrados del Ministerio Público Claudio Navas Rial, Jorge Dahl Rocha y José Barbaccia seguirán cumpliendo hasta asumir como fiscales del fuero penal tributario sus funciones de fiscales federales adjuntos en la fiscalía federal Nº 2, Nº 8 y Nº 9 respectivamente.
Cabe recordar, tal como lo adelantó DiarioJudicial.com por acuerdo de la Cámara Nacional en lo Penal Económico se fijó la semana pasada la fecha de juramento de los jueces designados para el fuero antievasión Javier López Biscayart, Verónica Straccia y Diego García Berro quienes jurarán el próximo 12 de agosto.