Cuando estuvo frente a frente con Carlos Menem por primera vez, el juez
que se reconoce cultor de la saga fílmica de "El Padrino" reconoció que de no mediar aquel
acto su carrera judicial se habría truncado ("Yo soy juez porque usted me nombró").
Minutos después, y en el mismo acto, le comunicó que estaba detenido. Cuando
se apostaba a una sanción por las manifestaciones políticas del ex presidente,
formuladas en la cárcel dorada donde cumple su arresto, Urso lo reconoce como
un animal político al que no pretende cercenar en su pensamiento ni en la expresión
de sus ideas.
"Yo no voy a censurar ni la conciencia ni las ideas de nadie", advierte este
juez federal amante de los caballos de salto cuando fija su postura intelectual
respecto de las primeras declaraciones públicas del ex presidente Menem, a las
pocas horas de demostrar su firmeza y formular una "severa advertencia" que
pone al líder justicialista al borde del traslado a un establecimiento penitenciario,
si no cumple con las condiciones impuestas a su arresto.
En un reportaje concedido a Diariojudicial.com, durante el cual el
magistrado federal prefiere no polemizar en torno a su resolución con quienes
sostienen que la figura penal de la asociación ilícita es inconstitucional,
advierte que él no puede "dejar de reconocer en el doctor Menem a un prominente
político".
"Puntualmente no creo que las expresiones políticas del doctor Menem hayan
violentado ninguna de las pautas a las que debe someterse durante este arresto
domiciliario. Creo que se ha manejado con absoluta discreción", asegura al trazar
una divisoria de aguas entre las afirmaciones del ex mandatario respecto de
la realidad por la que atraviesa el país y la inocultable irritación que le
provocó el enterarse que por una puerta trasera de la quinta de Don Torcuato
habrían ingresado más personas que las autorizadas para visitar al caudillo
riojano en su cautiverio. También se encarga de precisar que él está en su allí
"para juzgar responsabilidades penales" y que la evaluación que hace de la conducta
de Menem "es en la manifestación exterior de sus hechos, y no en la manifestación
exterior de sus ideas".
Durante el transcurso de la entrevista reconoce que en el común de la gente
costó instalar la idea que desde un gobierno se hubieran podido aunar voluntades
para cometer actos delictivos, y rememora que una situación similar se produjo
cuando estalló el escándalo del banco Ambrosiano, en el que apareció involucrado
el arzobispo de Nueva York, monseñor Marcinskus. Para definir cada paso dado
en el expediente Urso utiliza una terminología singular: habla de "unidad tonal",
de "cadencia exacta" y "ritmo permanente" y no duda en asegurar que para llegar
al auto de procesamiento, condensado en más de 500 páginas, "no hay una sola
prueba, sino un conjunto de pruebas que permiten con el nivel de certeza que
esta etapa del juicio requiere llegar al pronunciamiento que yo llegué". Cree,
en ese sentido, que la Cámara Federal, a la hora de fallar en las apelaciones,
lo va a respaldar ateniéndose a la letra de los Código Penal y Procesal y asegura
que en ningún momento sintió que tenía "una mala relación"con el tribunal de
alzada que llegó a calificarlo de "instructor moroso".
El texto del reportaje es el siguiente:
Diariojudicial.com: Doctor, en declaraciones recientes usted hacia referencia
a que a la gente le costaba creer que desde el gobierno se aunaran voluntades
para cometer actos ilícitos. ¿Podría ampliar ese concepto sobre una situación
extrema que altera el pensamiento en torno a lo que se puede hacer desde el
poder?
Jorge Urso: A la gente le costó mucho trabajo creer que Monseñor Marcinskus,
arzobispo de New York, presidente de la banca Vaticana, cometiese un desfalco
contra el Banco Ambrosiano hasta que se demostró. Hay ciertas cosas que en el
imaginario popular, que no tiene conciencia de las pruebas, son fácilmente instalables.
Nadie piensa que se llegue al gobierno con el fin de cometer hechos ilícitos.
Un problema es cuando se cometen, y el otro problema es cuando se encuentra
probado y acreditado. Se reduce a una cuestión de hecho y prueba.
Dju: Respecto de ese punto, después de su resolución en la que dictó el procesamiento
y la prisión preventiva de Menem y otros implicados en la venta de armas, desde
la Cámara Federal se oyeron voces que advertían que la confirmación de la medida
dependería precisamente de la prueba colectada, de la existencia de una prueba
fuerte que ilumine todo el texto. ¿Usted cree que está cumplido ese requisito?.
JU: No, no hay "una prueba", hay un conjunto de pruebas que permiten con el
nivel de certeza para esta etapa del juicio llegar al pronunciamiento que yo
llegué. La Cámara Federal va a aplicar el mismo Código Procesal que ha regido
en la Argentina desde el 5 de septiembre de 1992, no va a inventar un Código
de procedimientos para esta situación, va a seguir trabajando con el mismo Código
Penal, porque como tribunal de derecho trabaja sobre el principio básico de
igualdad ante la ley, de congruencia, con el principio de razonamiento crítico
y sano de la prueba producida. No veo porqué habría un análisis que no fuese
de derecho.
Dju: Precisamente esos reclamos están apuntados a la figura de la asociación
ilícita...
JU: Es una figura del Código Penal. El análisis que hay que hacer es de hecho,
prueba y derecho y punto. No tiene nombre ni apellidos; son hechos que tienen
que estimarse o no como probados.
Dju: Rememorando el día de aquella primera indagatoria del 7 de junio, cuando
usted inició la audiencia reconociéndole a Menem haberlo nombrado como juez,
en esa escena antes de notificarlo de su detención, ¿querría preguntarle hasta
dónde llega su reconocimiento?.
JU: Eso fue antes de la indagatoria. Y llega hasta exactamente lo que es: el
respeto que se siente por una persona. Siento por el doctor Menem el mismo respeto
que sentía por él día que me nombró. Eso y exactamente eso quise decir. Le dije
lo que quise decirle y comencé la indagatoria. De hecho nunca más de habló del
tema en ninguna parte del expediente.
Dju: Durante los seis años en los que fue avanzando el expediente ¿hubo algún
tipo de advertencias a quienes por entonces estaban en el gobierno, en el sentido
que se estaba avanzando hacia la dirección que después la Cámara definiría como
los estratos superiores con poder de decisión?
JU: No soy yo quien está en condiciones de responder eso. El tribunal fue avanzando
con la misma unidad tonal desde el 17 de marzo de 1995 hasta hoy. La conducta
fue la aprensión de pruebas, el análisis de pruebas, la evaluación de situaciones
y la evaluación de conductas. Cada vez que hubo una conducta por la cual se
estimó sospechosa de autoría de un hecho ilícito se convocó al imputado a que
se defienda. Una vez que el imputado dio sus razones el tribunal llevó a cabo
un auto de mérito, algunas veces de reproche, en los términos del auto de procesamiento,
algunas veces de suspenso en los términos de la falta de mérito, y otras veces
de liberación en los términos del sobreseimiento. Cuando digo que se llevó a
cabo la instrucción con la misma unidad tonal quiero decir que de esa fecha
hasta hoy construyó el sumario de la misma manera. No soy yo quien pueda hablar
de advertencias, porque nunca he advertido nada, no me corresponde a mi.
Dju: ¿Y cuando se habla respecto de que a Menem le falta una defensa técnica
que lea el expediente?
JU: Es una percepción ajena a mi...
Dju: Cuando usted define esa unidad tonal del expediente recuerdo que su relación
con la Cámara no fue siempre la mejor. Al menos en dos ocasiones el tribunal
criticó el trámite de la causa y llegó a calificarlo como "un instructor moroso".
¿Qué fue lo que cambio para que en esta última etapa, en la que hubo un nuevo
impulso, usted en su resolución cite en varias oportunidades el contenido del
fallo del 3 de junio, por ejemplo? ¿Existe una "reconciliación", por así decirlo,
en ese vínculo?
JU: Una conciliación debería existir si existiese una dicotomía y nunca la hubo.
La Cámara ha sido absolutamente respetuosa de mis resoluciones. Ha creído tener
apreciaciones que disentían de las mías. En ningún momento sentí que tenía una
mala relación con la Cámara Federal, y cuando el tribunal apuntala su opinión
lo hace en términos de derecho y no personales. Incluso cuando habla de un "instructor
moroso" habla de un instructor que de acuerdo a sus cánones no satisface las
expectativas de progreso en la instrucción. Yo tengo otra idea. No siento que
entre la Cámara Federal y yo haya nada que no sea la excelente relación que
tiene un inferior con un superior.
Dju: ¿Y con el fiscal?
JU: Excelente. Es un profesional de primera que cumple su rol perfectamente...
Dju: Hay quienes sostienen que el pedido de la defensa de Menem para que se
lo autorice a viajar de luna de miel a Siria fue el desencadenante para que
usted resuelva adelantar la fecha de la indagatoria, que inicialmente estaba
prevista para el 13 de julio, es decir la semana pasada, ¿eso tiene sustento?
JU: Son dos hechos independientes uno del otro. Esa es mi respuesta.
Dju: Volviendo a la figura de la asociación ilícita, hay algunos juristas que
no pueden ser tildados de menemistas, como Zaffaroni por ejemplo, que sostienen
que es inconstitucional porque vulnera el principio de lesividad, y que está
desprestigiada porque algunos jueces la utilizan para mantener presos a los
procesados hasta el juicio...
JU: Esa es su opinión. Yo digo: hecho, prueba y aplicación de derecho. No voy
a hacer la defensa de una tesis, yo cumplo con el juzgamiento de una causa.
Dju: Usted es un reconocido "padrinófilo", que tiene como película de culto
"El Padrino", cuando tuvo que compenetrarse en la figura del jefe de la asociación
ilícita, ¿sintió que había algún tipo de analogía con Menem? .
JU: La analogía está prohibida en el derecho penal. Lo único que se evalúa es
lo que se tiene en la causa. La seriedad de estas cuestiones no permite ningún
tipo de analogías. Solo admiten un estudio profundo.
Dju: Bueno, de todo esto sí es cierto que es un admirador del film...
JU: La he visto algunas veces...más de cien, en todas sus versiones (se enorgullece
y sonríe).
Dju: ¿Que siente cuando sectores cercanos al menemismo realizan escraches en
la puerta de su casa?
JU: Nada siento. No me agradan.
Dju: Desde el viernes se especulaba con que usted iba a adoptar alguna medida
en torno al reportaje que el ex presidente concedió a un periodista mendocino.
¿Considera que ese acto no vulneró las condiciones de detención o todavía lo
está estudiando?
JU: Puntualmente no creo que las expresiones políticas del doctor Menem hayan
violentado ninguna de las pautas a las que debe someterse durante este arresto
domiciliario. Creo que se ha manejado con absoluta discreción. De hecho el reportaje
fue grabado y de hecho su difusión la ha tenido después. Yo no puedo dejar
de reconocer en el doctor Menem a un prominente político. La evaluación de la
conducta es en la manifestación exterior de sus hechos; no en la manifestación
exterior de sus ideas.
Dju: ¿Esto puede interpretarse como una flexibilización en pos de facilitar
su actividad política?
JU: Nada está previsto en la ley 24660 y las pautas fijadas para el cumplimiento
de su prisión preventiva están dadas en el incidente de arresto domiciliario
donde se requiere del doctor Menem la asunción de una conducta circunspecta
y discreta. Yo no voy a censurar ni la conciencia, ni las ideas de nadie.
Yo juzgo responsabilidades penales. Respecto de las expresiones de una persona,
en tanto tengan el marco que tengan que tener, yo no tengo nada que decir.
Yo he resuelto un planteo de reposición planteado por la defensa del doctor
Menem donde en ningún momento me refiero a las declaraciones, básicamente porque
creo que están hechas dentro del marco de la conducta que debía asumir. Mientras
tanto mi postura intelectual es que de ninguna manera voy a censurar ni ideas
ni pensamientos. Mi actividad, mi mandato judicial se limita puntualmente al
análisis y valuación de conductas atrapadas a la luz de la ley penal. Nada más
que eso.
Dju: Cotejando esa actividad política con el régimen de detención impuesto,
¿cual será el límite?
JU: Se verá en cada caso. La conducta se analizará en cada oportunidad y no
voy a hacer ninguna previsión de futuro.
Dju: En la reciente indagatoria a la que fue sometido en el juzgado a cargo
del doctor Speroni, el general Balza reiteró que del Ejército no faltaron cañones
y desliza la posibilidad que alguien pudo haberlos cambiado, una forma implícita
de reconocer que pudieron haber faltado. ¿Eso modifica en algo su situación
en su causa?
JU: Yo tengo postura adoptada, firmada, revisada por la Cámara Federal acerca
de la ejecución actora del delito previsto y reprimido en el artículo 261.Quiere
decir que he estimado al teniente general Balza responsable por la malversación
de caudales públicos, que significa darle a los bienes entregados por el país
en custodia un destino diferente al que debió habérsele dado. Para llegar a
este juicio de reproche se ha analizado puntualmente la prueba colectada en
autos. Esta prueba no sólo ha sido interpretada de la misma manera por mi, sino
por el tribunal de alzada quien confirmó mi resolución. A esto me atengo a pie
juntillas porque esto ya es materia de debate, que eventualmente se discutirá
en un tribunal oral.
Dju: Sucede que la causa del fuero Penal Económico se ha nutrido muchas veces
de la causa madre...
JU: Seguramente, como muchas veces este tribunal se ha nutrido de prueba adquirida
en el juzgado Penal Económico, pero acá hay un hecho, que es el de los bienes
entregados a los efectos de ser custodiados, de responder por ellos, de darles
el destino acorde con el que fueron creados y de haberlo modificado voluntariamente
-porque la conducta exigida por el articulo 261 es dolosa- a sabiendas de que
está actuando de manera antijurídica, en torno a ese hecho la prueba es harto
suficiente para mantener el juicio de reproche, y de la misma manera que lo
he visto yo, lo ha convalidado la Cámara Federal. Vamos a ver que es lo que
dice el tribunal de alzada, o un tribunal de juicio donde el debate es más extenso,
donde la amplitud de la prueba es más profunda, donde alegarán cada una de las
partes intervinientes en el acto, y donde se va a desmenuzar, con muchísima
minuciosidad que hasta ahora, la prueba producida. Esa y no otra es la última
palabra.
Mi palabra siempre tiene el defecto de la precariedad, el defecto del sobreanálisis,
el defecto de la revisión, el defecto de la precariedad procesal, porque para
dictar un auto de mérito ( de procesamiento) no hace falta nada más, y esto
es jurisprudencia pacifica de todo tribunal de alzada, si tengo más elementos
para la liberación debo hacerlo en este estado, si tengo más elementos para
sujetar a juicio debo remitir la prueba a juicio, donde se seguirán discutiendo.
No quiere decir que me vayan a dar la razón, quiere decir que se seguirá discutiendo.
Dju: Respecto del delito de malversación de efectos del Estado, ¿tiene previsto
ampliar la indagatoria de Menem?
JU: Está sin resolver. Esa cuestión pende de resolución...
Dju: En su resolución, y por el delito de asociación ilícita, aparecen con un
peso bastante importante las confesiones del ex interventor de Fabricaciones
Militares Luis Sarlenga. ¿Cuál es su verdadera trascendencia?
JU: No aparecen con un peso importante, aparecen como prueba adquirida para
el expediente, analizable y confrontada con otra prueba. Podrá haber sido un
detonador en algún momento. Podrá haber sido una amalgama de las otras pruebas
que ya existían en el expediente. No es ni más ni menos importante que otra
prueba, es una prueba más que confrontada con otra, a la luz de la sana crítica
hacer hacen pensar en un estado de mérito tal que este juez entienda que deba
debatirse ampliamente la cuestión. Esto es sujetar a una persona a proceso.
Esto deberán debatirlo en una instancia distinta con amplio margen de discusión,
que es lo que dice un auto de procesamiento.
Dju: ¿Esto se puede entender como que los dichos de Sarlenga pueden tener debilidades,
pero cotejados con el cuerpo principal de la causa adquieren otra trascendencia?.
JU: La declaración de Sarlenga en esta causa no es ni más ni menos que una prueba
más. Esta causa, y esto lo he dicho muchas veces, tiene veinticuatro mil páginas,
entre ellas las declaraciones de Sarlenga. Este es el edificio que estructura
las responsabilidades, no una sola declaración.
Dju: Luego del auto de procesamiento que demandó un esfuerzo especial, ¿la actividad
en su juzgado decayó?
JU: La actividad en el juzgado no ha decaído en ningún momento, ni hoy, ni ayer
ni nunca desde el 17 de marzo de 1995, esta causa está despachada todas las
semanas. Tiene una cadencia exacta, un ritmo permanente, una adquisición de
pruebas absolutamente atemporal porque siempre se ha trabajado.
Dju: ¿Hasta dónde cree que se puede avanzar en relación con la ruta del dinero
cobrado de manera irregular por la venta de las armas?
JU: Es imposible que esa pregunta la pueda responder yo solo porque no depende
de mi. Yo ordeno la producción de pruebas. No tutelo la conciencia de quienes
deban responderla, verbigracia no depende sólo de mi la aprehensión de la prueba
sino de aquellos quienes están constreñidos a brindarla, quienes hemos visto
en varias oportunidades han sido renuentes. Están pendientes de contestación
todavía los exhortos cursados a la justicia de los Estados Unidos de Norteamérica.
Dju: Se habla de una notificación suya al juzgado de su colega Juan Galeano
respecto de la investigación del presunto enriquecimiento ilícito de Menem,
ya que él también investiga ese delito, ¿eso es así?
JU: No hay ningún planteo formal ni informal. Tengo entendido, porque eso si
me lo ha dicho la defensa del doctor Menem, que hay un planteo de inhibitoria
para que el doctor Galeano libre oficio solicitándome la inhibición, y hay un
planteo de nulidad en este juzgado, no resuelto aún, introducido por la defensa
y una excepción en consecuencia por falta de acción en la investigación por
el enriquecimiento ilícito. Este planteo formulado ante mi tribunal esta en
punto de ser atendido por la correspondiente vista fiscal que debe correr. Se
resolverá una vez evacuada la vista de ley y el doctor Galeano entiendo hará
lo mismo oportunamente. Hasta que ello no suceda la comunicación que se cursará
mi tribunal con el del doctor Galeano será puntual, formal, concreta y ajustada
a esas circunstancias.
Dju: ¿Como es la investigación del presunto enriquecimiento ilícito en el expediente
a su cargo y cual es su relación con la llamada ruta del dinero?
JU: Allá por el año 98 se amplía el objeto procesal de la causa por requerimiento
del doctor Stornelli referido a la infracción puntual del artículo 268 del Código
Penal. En aquel entonces el doctor Stornelli dijo que se amplíe respecto "de
los imputados hasta el momento y los que surgieren y se determinaren de la investigación
a llevarse a cabo" paralela a la causa madre, por llamarlo de alguna manera.
Otra cosa es cuál ha sido el recorrido económico, financiero, monetario de los
dineros logrados a través de la percepción de la venta ilegal de armamento argentino.
Este es el camino del dinero, no necesariamente se tocan permanentemente con
el enriquecimiento ilícito, pueden tener puntos de contacto, pueden tener destinos
puntuales, alguna similitud en algún recorrido, pero no necesariamente es la
misma cosa, ni es necesariamente el mismo objeto procesal. Por un lado está
en curso, en trámite el objeto procesal histórico desde el requerimiento de
la fiscalía federal número cuatro, y por otro lo que la Cámara ha dado en llamar
la ruta del dinero, o todo lo que fue el camino monetario de lo que fue la venta
ilegal de armamento y desde otro ángulo.
Dju: Las medidas ordenadas por su juzgado respecto de la investigación patrimonial
de los familiares directos de Menem. ¿en cuál de las dos se encuadra?
JU: Hay medidas llevadas a cabo en la causa por enriquecimiento ilícito y hay
medidas llevadas a cabo en la ruta del dinero.