22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Derechos de autor y patentes informáticas

El parlamento de la Unión Europea decidió rechazar una moción que pretendía que los programas informáticos se pudieran patentar y avaló en cambio una normativa que prevé la implantación a nivel comunitario de límites para la concesión de las mismas.

 
De ese modo, los programas no se podrán patentar y sólo estarán protegidos por los derechos de autor, los cuales harán valer la seguridad jurídica tanto de los programas como de sus creadores.

En el texto de la resolución, se destacó que para incluir a los programas en el campo de aplicación de la futura legislación sobre patentes "es necesario que haya una contribución técnica nueva, no evidente y susceptible de una aplicación industrial".

Por otra parte, se aprobó una propuesta de la Comisión Europea para que la base de concesión de patentes de este tipo sea la misma en toda Europa y para que los tribunales nacionales se guíen por los mismos principios.

Desde el parlamento, informaron que se trata de "armonizar y aclarar las cosas", de forma que "nada que no sea ya patentable vaya a serlo en el futuro".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486