20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Nada de aumentos por el aumento

El diputado socialista Héctor Polino expresó que las empresas concesionarias de servicios públicos no pueden alegar el principio de neutralidad tributaria para aumentar las tarifas, ahora que les incrementaran los aportes patronales.

 
Polino expresó que “las concesionarias de servicios públicos no pueden alegar ahora el principio de neutralidad tributaria para aumentar las tarifas, cuando en su momento no las redujeron”, al tiempo que recordó su proyecto sobre la creación de una comisión especial de diputados para investigar las irregularidades en la facturación de los servicios públicos privatizados.

Este proyecto fue presentado en el mes de marzo último en la Cámara de Diputados y en el mismo se proponía la creación de una comisión especial, con el objeto de “investigar las irregularidades en la facturación de los servicios públicos privatizados, de agua, gas, electricidad y teléfonos por la incorrecta aplicación de las reducciones impositivas obtenidas por esas empresas y su correspondiente traslado a las tarifas”.

El proyecto de ley de “déficit cero”, sancionado por la Cámara de Diputados y que podría resultar aprobado mañana por el Senado establece un aumento a las contribuciones patronales que alcanza a las empresas concesionarias de servicios públicos.

“En el caso de los aportes patronales, desde el año 1994 se han ido reduciendo sin que tales rebajas se trasladaran luego a las tarifas de los usuarios residenciales o domiciliarios. Por otra parte, el Estado en los últimos tiempos derogó el impuesto a los sellos sobre los contratos y las operaciones financieras realizadas en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, que es el lugar donde tienen su sede central esas empresas” indicó el legislador.

“Se ha producido, además, una exención de gravámenes arancelarios a la importación de bienes de capital; una reducción de la alícuota del impuesto a los activos del 2 al 1 por ciento y una supresión gradual del impuesto a los ingresos brutos, sin que estas modificaciones al sistema impositivo se hayan visto reflejado luego en el precio de las tarifas”.



dju / dju
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