En este sentido, en el fallo de la Audiencia Provincial se argumenta que no fue un incidente fortuito y que existió culpa del profesor de Educación Física y del colegio, quienes “deberían haber extremado las medidas de seguridad tratándose de niños que estaban haciendo ejercicios de gimnasia con aparatos nuevos”, dando de esta manera la razón a la familia del menor que entendía que “no se agotaron las diligencias debidas por parte del colegio y del profesorado” para salvaguardar la integridad física de los alumnos.
De esta manera, la justicia atribuyó al establecimiento educativo la responsabilidad extracontractual sobre los hechos y culpa in vigilando, fijando que la indemnización será abonada en un 55 por ciento del total por la empresa aseguradora, mientras que el 45 por ciento restante le corresponderá al propio centro escolar.
El accidente ocurrió el 13 de febrero de 2001, cuando el niño se encontraba en clase de Educación Física en el gimnasio del colegio practicando un ejercicio que consistía en saltar de unas camas elásticas a unas colchonetas, momento en que calló al piso y se dobló el cuello, produciéndosele una sección en la columna cervical que le provocó un cuadro de tetraplejia.
Desde el momento del accidente el niño padece una parálisis completa del cuerpo y sólo puede mover un poco las manos, necesitando sesiones periódicas de rehabilitación en una clínica de Pamplona, en tanto que debido a los gastos originados por este desplazamiento los padres se vieron obligados a vender su casa para poder sufragar el tratamiento.