Esta causa se inició cuando la Comisión Europea de comunicaciones analizó en diciembre de 2001 un acuerdo entre el Gobierno español y Telefónica para subir las cuotas de abono. En ese momentos las autoridades comunitarias afirmaron que las mismas eran insuficiente para reequilibrar las tarifas.
Entonces denunciaron ante el Tribunal de Justicia de la UE que el Estado “no había aplicado de manera adecuada la normativa comunitaria sobre reequilibrio tarifario”.
Según la reglamentación de la UE, se debería haber autorizado a Telefónica a ajustar sus tarifas mas rápidamente, ya que la estructura antigua perjudicaba a sus competidores, pues se mantenían unas tarifas que no correspondían con los costes.
El reajuste en cuestión pedía elevar la cuota de abono y el precio de las llamadas metropolitanas para compensar los costes de las llamadas de larga distancia, sometidas a una fuerte rebaja debido a la competencia.
Pero según el plan de ajuste preparado por el Gobierno, Telefónica “no podía alcanzar el equilibrio de tarifas exigido por la normativa comunitaria hasta 2003, es decir, cinco años después de lo previsto, lo que además, se explicó entorpecía el desarrollo de la competencia.
Para la UE los ajustes se deben llevar a cabo en el menor plazo posible, con el objetivo de facilitar el proceso de libre competencia y, según se comentó, el plan que elaboró España desde 1997, cuando se autorizó la primera suba del abono mensual y de las llamadas locales, al mismo tiempo que se redujo el importe de las llamadas provinciales y de las internacionales, y los cambios posteriores, no fueron suficientes.
De ese modo el tribunal internacional hizo lugar al plateo de la comisión y todas las empresas de telefonía podrán iniciar acciones legales contra el estado español, que podría tener que pagar sumas millonarias en concepto de indemnizaciones.