El proyecto se encuentra actualmente en la Cámara Baja del Congreso Nacional y a opinión del ministro su tratamiento y sanción “no deberían demorarse”, pues significaría quitar de la atención de la Corte Suprema miles de expedientes anuales que, por carecer de trascendencia institucional, perjudican la dedicación de aquélla a los asuntos en los que está en juego la Constitución Nacional.
El proyecto de ley mencionado pretende entre otros puntos, modificar el art. 33 de la ley de cooperación internacional en materia penal, derogar la competencia apelada de la Corte Suprema establecida por la llamada Ley de Solidaridad Previsional, así como también la tercera instancia ordinaria en pie desde tiempos en que no estaban consolidadas las cámaras federales en las provincias.
El plan de reforma fue elaborado y presentado por el “Grupo de trabajo sobre reformas de la justicia en el ámbito del Colegio Público” conformado por la Asociación por los Derechos Civiles, el Centro de Estudios Legales y Sociales, la Fundación Poder Ciudadano, el Colegio Públco de Abogados de la Capital Federal, el Foro de Estudio sobre la Administración de Justicia, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, entre otras entidades.
En el proyecto, destacaron que uno de los problemas que más gravemente afectan a la Corte Suprema de Justicia de la Nación es su excesiva carga de trabajo, ya que el tribunal resuelve anualmente alrededor de 14.903 causas.
Al respecto, marcan un paralelo con la Corte Suprema de los Estados Unidos, en cuya jurisprudencia y funcionamiento se basa el tribunal argentino, y explicaron que tan sólo el supremo tribunal del país del norte decide sobre el fondo del asunto entre 70 y 90 casos por año.
De ese modo, opinaron que la inflación de causas torna prácticamente imposibles los cambios necesarios para mejorar el funcionamiento y recuperar la credibilidad y legitimidad de la Corte.
En ese sentido, afirma el texto que la Corte Suprema es el último y más importante intérprete de la Constitución y que sus decisiones, “completa” el contenido de la norma constitucional y da certeza a los ciudadanos respecto del alcance de sus derechos.
Entonces, explicaron que es imposible para los ciudadanos conocer el contenido de la Constitución, y el alcance de sus derechos si ello debe rastrearse en más de 10.000 fallos al año.
Para las ONG´s , es necesario devolver al tribunal el poder que debe tener y remarcaron que el mismo se recupera no con el conocimiento de un número mayor de causas, sino con la restricción de su competencia a aquellas causas relevantes para el funcionamiento de la democracia constitucional.