04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

La Corte declaró inhábiles los días 9, 10, 11 y 12 de febrero del corriente año | Aceptan la renuncia del juez Ricardo Lona | La justicia argentina no investigará al presidente del Brasil por violación a los Derechos Humanos | El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires fijó el régimen de turnos hasta el 31 de diciembre de 2004.

 
Inhábiles

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inhábiles para todos los tribunales con asiento en la Capital Federal, sin perjuicio de los actos procesales cumplidos, los días 9, 10, 11 y 12 de febrero del corriente año. El alto tribunal tomó la medida a raíz de los problemas técnicos que se suscitaron con el sistema informático durante esas fecha que motivó que varias cámaras con asiento en la Capital Federal no pudieran cumplir con sus diferentes actos. La medida que se dispuso por medio de la acordada 5/04 contó con las firmas de Enrique Santiago Petracchi, Augusto Cesar Belluscio, Carlos Fayt, Antonio Boggiano, Adolfo Roberto Vázquez y Juan Carlos Maqueda.(Texto completo al final)

Renuncia aceptada

Por medio del decreto 202/2004 publicado hoy en el Boletin Oficial y tal como lo adelantara Diariojudicial.com el Poder Ejecutivo Nacional aceptó finalmente la renuncia del juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Ricardo Lona. Recordemos que Lona había presentado su renuncia a fines del año pasado pero la misma no había sido aceptada por el presidente Kirchner a pedido de los consejeros Marcela Rodríguez y Beinusz Szmukler quienes llevaban adelante la acusación en el marco del juicio político que se siguió en su contra. No obstante el jury de enjuiciamiento no destituyó al magistrado, en razón de que la votación fue de 5 votos en contra y 4 a favor, siendo necesarios por los menos 6 votos en contra, es decir los votos condenatorios de los dos tercios del jurado compuesto por 9 miembros.

Lula respira tranquilo

La Cámara Federal confirmó el archivo de una denuncia penal contra el presidente de la República Federativa de Brasil, Luis Ignacio Lula Da Silva, que había sido denunciado por un ciudadano chileno por presunta "violación a los derechos humanos". El denunciante es Juan José Soto Vargas, un "denunciólogo" habitual en los tribunales, que sostuvo que el presidente del vecino país cometió delitos de "lesa humanidad", porque habría desatendido sus pedidos personales para que se permita ingresar al Brasil. Soto Vargas indicó que en abril de 1981, por un decreto del Ministerio de Justicia, fue expulsado de por vida de Brasil y que, a pesar de las reiteradas presentaciones realizadas ante el gobierno de Lula siguió obteniendo un "no" como respuesta. La causa había recaído en setiembre último en el juzgado de Jorge Luis Ballestero, quien junto al fiscal Gerardo Di Masi entendió que la denuncia "escapa a la esfera de la competencia" de la justicia argentina. Ahora, los camaristas Horacio Vigliani y Gabriel Cavallo concluyeron que el acto administrativo cuestionado "lejos de poder ser considerado un delito contra la humanidad, es una facultad privativa de las autoridades" brasileñas. En medios periodísticos chilenos, se vincula a Soto Vargas con la temible DINA, la policía secreta durante la dictadura de Augusto Pinochet.

Turnos

Por medio de la resolución nº 2 del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se estableció el régimen de turnos hasta el 31 de diciembre de 2004 en relación a las Fiscalías en lo Contravencional y de Faltas De La C.A.B.A.. (Texto completo al final)



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