04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Sanciones en 2003

La Subsecretaría de Defensa de la Competencia, dependiente del Ministerio de Economía aplicó durante el año 2003 un total de 582 sanciones a diferentes empresas por infracciones a la ley 24.240, de Defensa del Consumidor. Si bien hubo un considerable aumento en las sanciones con respecto al 2002, el monto de las mismas decayó un 20 %.

 
El informe de la Subsecretaría del Ministerio de Economía de la Nación destaca que del total de sanciones del año 2003, 212 se convirtieron en multas económicas de las cuales, la gran mayoría se ordenaron por el ocultamiento de información a los usuarios.

Según el documento, entre los meses de enero y diciembre del último año tanto las multas como los apercibimientos crecieron en más de un 270 % respecto de la cantidad de sanciones que se habían impuesto durante 2002.

Llamativamente el informe destacó que el pasado año a pesar de haber crecido la cantidad de sanciones, el monto de las multas en su conjunto decayó en un 20 % respecto de 2002, principalmente porque muchas de las sanciones fueron de apercibimiento.

Las multas impuestas sobre el periodo analizado totalizaron los 951.500 pesos y consideradas en forma individual oscilaron entre un minino de 500 y un máximo de 70 mil pesos, la cual fue impuesta a la firma Amil Asistencia Médica Internacional S.A, por incumplir un contrato de medicina prepaga.

En tanto el Citibank y Programas Médicos Sociedad Argentina de Consultoría Mutual fueron las segundas empresas con mayores multas, ya que debieron pagar 50 mil pesos, por los rubros falta de información e incumplimiento de contrato.

En tanto, la cadena de supermercados Carrefour Argentina, también debió abonar 50 mil pesos dado que tuvo dos infracciones en impresiones de publicidad por las tuvo que pagar 25 mil pesos en cada caso.

Además, de las restantes empresas sancionadas, 370 fueron apercibidas por falta de información principalmente en los rubros Bancos, Colegios, Aseguradoras y Medicina Prepaga.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486