En esa presentación el denunciante cuestionó la actuación de Cruciani por haber dictado el auto de procesamiento contra Marcelo Paolini por las denuncias que él mismo presentó en la causa 19.050 contra el Juez Federal Carlos Branca y funcionarios públicos de la Aduana y Fuerza Aérea por contrabando en el caso conocido como “Aduana Paralela”.
Cuando la Comisión analizó el caso explicó que si bien, podía resultar cuestionable la decisión de Cruciani de procesar a quien, en principio, había tenido como testigo a la luz de la garantía de la prohibición de autoincriminación, lo cierto era que Paolini tuvo la debida posibilidad de utilizar los remedios procesales reglamentados para posibilitar el control de las decisiones jurisdiccionales.
Así se explicó en el escrito que su defensora no sólo planteó la nulidad de todo lo actuado a partir de las declaraciones testimoniales prestadas por Paolini, sino que apeló el auto de procesamiento que agravaba su situación no obteniendo buena acogida por parte de la Sala A de la Cámara Nacional en lo Penal Económico, que ratificó la legalidad del procedimiento y confirmó el auto de procesamiento dictado por Cruciani.
Entonces, manifestaron que se demostró que no existió en la decisión cuestionada un manifiesto apartamiento del derecho vigente y en consecuencia, afirmaron que no surgía conducta alguna por parte de juez que pudiera ser considerada como causal de remoción.
Por otra parte, los consejeros desestimaron además el pedido de remoción interpuesto por María Julia Alsogaray contra el juez federal Claudio Bonadío, en el marco del procesamiento sin prisión preventiva que este dictó contra la ex funcionaria en el marco de una causa en la que se investigaba su rol como interventora de la empresa “ENTEL en liquidación”.
Al respecto, la Comisión explicó que la denunciante argumentó que el acto cuestionado denotaba la manifiesta ignorancia del derecho de Bonadío, pero aclararon que sin entrar en el análisis de contenido de la resolución, se observó que la misma se encontró fundada en un sistema normativo vigente, concluyéndose que aunque pudieran existir diferencias de valoración, parecería razonable el encuadre realizado por el magistrado.
Así estos dos dictámenes desestimatorios serán elevados al Plenario del Consejo de la Magistratura para que todos sus integrantes sometan a votación la decisión de la Comisión de Acusación, mecanismo por el cual los dos pedidos de remoción serían desestimados.
En tanto, se decidió aplazar hasta reunir más información la citación del juez Rodolfo Herrera, quien está siendo investigado por haber cometido supuestas irregularidades en el proceso de quiebra del club Ferrocarril Oeste.