28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Enfermedad profesional II

La Cámara del Crimen ordenó continuar con la instrucción de la causa en la que se investiga si un grupo de radiólogos del Hospital Ricardo Gutiérrez, sufrieron lesiones y enfermedades por trabajar con equipos que no contaban con las medidas de seguridad apropiadas. Así revocó un fallo de primera instancia que atribuía responsabilidad a los profesionales por los trastornos sufridos.

 
La medida fue dispuesta por la sala V de la Cámara, cuando hizo lugar al recurso de apelación presentado por los profesionales contra el fallo de la juez Laura Garrigos de Rébori, quien había entendido que los profesionales habían contraído distintos trastornos en su salud ya que por su especialización no podían desconocer el riesgo de contraer enfermedades y que –no obstante- siguieron prestando servicios en ese centro asistencial.

Según consta en el expediente los radiólogos padecen desde nódulos tiroideos y atrofia de esperma hasta diversas manifestaciones cancerosas, las que al parecer se habrían producido por trabajar con equipos que no contaban con acordes medidas de seguridad.

Fuentes consultadas, señalaron que la decisión de la sala V del tribunal dejará el camino libre para que el ex ministro de Salud de gobierno de la Alianza, Héctor Lombardo, sea indagado por presuntas "lesiones culposas" que sufrieron los profesionales que iniciaron las acciones. Lombardo debería presentarse ante la justicia, ya que era el secretario de salud del gobierno porteño cuando se produjeron los hechos, a partir de 1996.

Los camaristas Guillermo Navarro y Mario Filozof revocaron el fallo de primera instancia y además dispusieron que la juez deberá profundizar la investigación, y escuchar en indagatoria a quienes “podrían ser responsables del ilícito denunciado". En ese sentido, los camaristas citaron un informe técnico realizado el 29 de junio de 2001 "en el que se da cuenta de las deficiencias de radioprotección" de los equipos utilizados por los técnicos, a quienes "no puede endilgarse responsabilidad en las lesiones".

Además, la resolución afirma que los querellantes efectuaban su labor en el marco del rol que les competía, en la confianza de que tanto las instalaciones de las salas como el equipamiento de los aparatos destinados a las radiaciones de rayos x estaban preparados de modo correcto.



dju / dju
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