La "Política" de la “Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet” (la sigla en inglés es “ICANN”) establece el marco jurídico para la solución de controversias existentes entre el titular de un nombre de dominio y un tercero (es decir, una parte distinta a la del titular) por el registro y utilización abusivos de un nombre de dominio de Internet.
Este sistema de solución de disputas surgió como una vía para enfrentar el llamado "cybersquatting" o “ciberokupación”, que es el proceso de comprar un nombre de dominio con la esperanza de revenderlo a un precio elevado a una persona o compañía que comparta ese nombre o le venga a la medida. Los "ciberokupas" son avispados internautas que registran nombres de dominio de empresas ya existentes en el mercado, las que, cuando pretenden registrarse para figurar en Internet, se encuentran con que su nombre está ya "ocupado". Si quieren usar ese nombre deben pagar una alta suma de dinero a la persona que se les adelantó, para que este se lo “ceda”.
Desde que la corporación aprobó el sistema a finales de 1999, las demandas han ganado 81 por ciento de los más de 3.000 casos presentados. Entre los recientes ganadores están el actor Kevin Spacey y el Club de Fútbol Fulham de Gran Bretaña.
Los demandantes pueden elegir cuatro proveeedores de resolución de controversias para desafiar a los "ciberokupas", pero nueve de cada 10 demandantes elige los dos en que más probabilidades tienen de ganar sus casos, indicó el informe. "El estudio no encontró una parcialización de los jueces, sino más bien que el proceso de selección del proveedor (del servicio de solución de disputas) no es al azar", dijo Geist, un reconocido especialista en el tema y autor de varias publicaciones sobre Derecho Informático.
Las cinco etapas fundamentales del procedimiento administrativo para la resolución de controversias derivadas de la utilización de nombres de dominio son las siguientes:
1) La presentación de una demanda ante un proveedor de servicios de solución de controversias acreditado por la ICANN y seleccionado por el demandante, por ejemplo, el Centro de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, en inglés WIPO, por World Intellectual Property Organization)
2) La presentación de un escrito de contestación por parte de la persona o entidad contra la que se ha presentado la demanda;
3) El nombramiento de un grupo administrativo de expertos compuesto por una o tres personas que resolverá la controversia, nombramiento efectuado por el proveedor de servicios de solución de controversias seleccionado;
4) La resolución del grupo administrativo de expertos y su notificación a las partes, a los registradores interesados y a la ICANN; y
5) La ejecución de la resolución del grupo administrativo de expertos por los registradores interesados, en caso de que se dicte una resolución por la que haya que cancelarse o cederse el nombre o nombres de dominio en cuestión.
El procedimiento administrativo tiene una duración normal de 45 a 50 días a partir de la fecha en que se haya recibido la demanda. Es importante destacar que la misma podrá someterse a cualquier proveedor de servicios de solución de controversias acreditado por la ICANN.
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