La Cámara de Diputados decidió la semana pasada otorgar preferencia en el debate a la propuesta que cuenta con el aval de las comisiones de Justicia y de Previsión Social. En tanto informaciones periodísticas anticiparon que la Corte Suprema de Justicia analiza la posibilidad de declarar inconstitucional el mencionado artículo, pero la decisión no cuenta todavía con un aval mayoritario en el tribunal.
Integrantes del máximo tribunal destacaron que la vigencia de esta norma provocó un verdadero aluvión de demandas en la mesa de entrada del cuerpo, con lo que se han sobredimensionado las exigencias de su trabajo llegando a niveles muy comprometedores.
Argumentaron, además que generalmente los montos requeridos en estas causas resultan muy inferiores a lo que es tradicional y racional que maneje la Corte Suprema.
En ese sentido María Lelia Chaya, autora del proyecto, expresó que el establecimiento de una tercera instancia de revisión judicial (la Corte Suprema de Justicia), luego de que las causas tuvieron pronunciamientos en los niveles de jueces y cámaras, “no se concilia con la naturaleza y finalidad de los derechos alimentarios” reclamados por los jubilados.
El artículo 19 de la ley 24.463 expresa textualmente: “La sentencia definitiva de la Cámara Federal de la Seguridad Social será apelable ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por recurso ordinario, cualquiera fuere el monto del juicio”.
Según el proyecto, esta nueva instancia de apelación, que sólo existe para la ANSeS, “conspira contra los legítimos derechos de los jubilados y los que aspiran a serlo, y compromete un adecuado servicio de justicia”.