La contienda negativa de competencia se entabló entre el juzgado federal nº 3 y el Juzgado de instrucción nº7, ambos de la ciudad capital de la provincia de Mendoza, con motivo de la denuncia formulada por Aldo Sergio Parodi, quien aseguró que en distintas páginas de internet que se generan desde los Estados Unidos de Norteamérica, se difunden imágenes relacionadas con la pornografía infantil, que serían “encubiertas” por el presidente de ese país George W. Bush, y su gobierno.
El juez federal declinó su competencia, con base en que los hechos eran de naturaleza común y no tenían entidad como para habilitar el fuero de excepción, mientras que el magistrado local rechazó esa atribución con fundamento en que resultaba de aplicación al caso el artículo 116 de la Constitución Nacional, ya que se hallarían involucrados mandatarios extranjeros.
Para los jueces, “las difusas imputaciones de un delito de índole común dirigidas por el denunciante no constituyen base suficiente para surtir la competencia del fuero federal, limitada y de aplicación restrictiva ni, mucho menos, la jurisdicción originaria de la Corte” Por lo tanto, y en base a los fundamentos y conclusiones del dictamen del Procurador, “corresponde otorgar competencia a la justicia provincial de Mendoza, para entender en el trámite de las presentes actuaciones, sin perjuicio de lo que resulte ulteriormente”.