Los apoderados del Banco ahora le reclaman la devolución de la suma recuperada que en su momento había sido de U$S 10.057 la que fue otorgada a la paridad de ese entonces de $3,85. Pero como en la actualidad el dólar está por debajo de los $ 3, el Banco Francés no le reclama los dólares originariamente depositados sino pesos que suman un total de $38.719, en lo que aproximadamente daría a valores actuales unos U$S 13.000.
En manifestaciones vertidas a la prensa por el abogado de Pedrini, Juan Sposato, éste expresó que a su entender ”la entidad bancaria tomó el caso de María Pedrini como una prueba piloto”, que su clienta, una persona mayor, ”quedó sin habla cuando se enteró de la decisión intempestiva del banco y entró en un profundo cuadro de depresión”.
Asimismo, Sposato entiende que ”el banco quiere dar un mensaje a los amparistas después que la Corte Suprema avaló la pesificación de los depósitos para que los demás depositantes no continúen adelante con sus reclamos, al demostrar que está dispuesto a reclamar la devolución de los dólares a personas de 82 años, no teniendo en cuenta ni la edad ni las circunstancias del caso, sino solamente una visión económica”.
Subsidiariamente la entidad solicitó a la juez inteviniente que en el hipotético caso de que Pedrini no devuelva su dinero se remita el expediente a la justicia penal para que se la investigue sobre la eventual responsabilidad penal que pueda caberle a la abuela ahorrista.
Por su parte fuentes del banco indicaron que no está en su política la solicitud de devolución del dinero de los amparos, y menos aún en un caso como el presente en que se trata de una persona mayor de 75 años, alcanzada por las excepciones de la ley 25.587. Los abogados tienen la obligación de continuar las causas hasta el final, caso contrario los tribunales decretan la caducidad de la instancia dando la razón al banco y ordenando el reintegro a 1,40 más CER, más los intereses que correspondan. Fuentes judiciales informaron a Infosic que "en este caso concreto el abogado abandonó el expediente, porque en octubre de 2003 se dictó la caducidad y el letrado no apeló la resolución."