Otro de los puntos que motivó el regreso del dictamen fue que se había omitido incluir a los jueces de tribunales orales, pero tal hecho no causó las resistencias sí aparecieron cuando se habló de los funcionarios.
Ayer se debatió el tema en el marco de airadas discusiones, a raíz de que existe por parte de algunos consejeros una fuerte resistencia para permitir a los secretarios el uso de la chapa patente protocolar.
En ese sentido, los voceros deslizaron que la única posibilidad aparente sería incluir dentro del beneficio a los que se desempeñan en los fueros penales de instrucción, ya que son éstos los que más necesitarían en sus actividades cotidianas ese tipo de identificación.
Es común que en el fuero penal, que muchas sean especialmente los secretarios quienes concurran a los procedimientos ordenados por el juzgado, por lo que más que un beneficio el uso de esa identificación sería una necesidad para estos funcionarios.
El proyecto original proponía que la Administración General del Poder Judicial de la Nación fuera encargada de otorgar, a pedido de los jueces y funcionarios del Poder Judicial de la Nación hasta el cargo de secretario de Cámara Nacional de Apelaciones un juego de chapas.
Entre los considerandos que justificaron la medida se afirmó que “los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación carecen de vehículos oficiales, y utilizan sus propios vehículos para la asistencia al lugar de trabajo, así como para la realización de diligencias vinculadas a su función” por lo que “la supresión del otorgamiento de chapas que identifiquen dichos vehículos origina inconvenientes y dificultades que pueden ser evitadas”.
Asimismo, se opinó que “la concesión de dichas chapas identificatorias no es un privilegio, en cuanto en primer lugar, el titular del vehículo abona el importe de su patente anual, y en segundo lugar, su otorgamiento no presume la impunidad para la comisión de infracciones de tránsito”.
El conflicto se inició por una resolución de la Administración General de la Corte Suprema de Justicia (P N° 508/04) en la que señalaba que la ley 1.192 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, había derogado el artículo 255 del Código Fiscal para el año 2004, norma que disponía la devolución de chapas patentes protocolares de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.
Por su parte, las fuentes apuntaron que tal como están las cosas, parece muy difícil que se llegue a un acuerdo en los próximas reuniones de la Comisión, ya que la discusión aparece como muy profunda entre los consejeros.