20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Tucumán: a un paso de la reforma Constitucional

La Legislatura provincial aprobó la ley que habilita la convocatoria a la convención constituyente para reformar su Constitución. Entre las principales reformas figura la creación del Consejo de la Magistratura, y del Jury de Enjuiciamiento, la declaración de autonomía y autarquía del Ministerio Público Fiscal y la posibilidad de reelección del gobernador.

 
Con 31 votos afirmativos de los 40 integrantes de la Legislatura tucumana, se aprobó finalmente la ley que habilita la reforma de la Constitución provincial con el consentimiento unánime de los justicialistas. La mínima oposición no tuvo fuerza para evitarlo y finalmente se procederá a cumplir con la tan debatida reforma.

La norma establece el sistema electoral para la selección de los convencionales constituyentes para el cual utilizarán la vigencia de la ley 1279, de lista sábana, con la expresa salvedad de que no se podrá utilizar para tal fin la derogada ley de lemas. Los legisladores también acordaron dar una protección especial a los miembros del Poder Judicial al impedir su remoción de cargos.

Además, se dispuso cambiar el nombre de la Legislatura, que pasará a denominarse Cámara de Diputados, y la creación del Consejo de la Magistratura, para elegir jueces y fiscales, y del Jury de Enjuiciamiento, para la remoción de funcionarios judiciales. Asimismo, aprobaron la estatización de los juegos de azar e incluyeron las figuras de plebiscito, referéndum y revocatoria popular de mandatos.

Por otra parte, se aprobó la declaración de autonomía y autarquía del Ministerio Público Fiscal, la protección de los bienes ambientales, culturales y arquitectónicos, la eliminación del Tribunal Constitucional, la incorporación del voto electrónico, la regionalización con otras provincias del NOA y la jerarquización de la Defensoría del Pueblo y del Tribunal de Cuentas, entre otros aspectos.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486