04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

Designaciones en Santiago del Estero | Ibarra se pone a disposición para el referendum

 
Lanusse designó a funcionarios judiciales y removió a dos magistrados del fuero penal

El interventor de Santiago del Estero, Pablo Lanusse, designó, mediante los decretos 72/05 y 73/05, a 26 magistrados del Poder Judicial, fiscales y defensores oficiales, que cubrirán vacantes de los nuevos Juzgados, Fiscalías y Defensorías creados por Ley Nº 6.688 tanto en el interior de la provincia como en la Capital, así como vacantes de diversos cargos en el Poder Judicial.El mecanismo utilizado para la selección fue el sistema de autolimitación en las facultades del Poder Ejecutivo, con intervención del Organo Consultivo Honorario, que Lanusse estableció con el objetivo de transparentar el proceso y abrirlo a la participación de asociaciones vinculadas al quehacer judicial. Son jueces, fiscales y defensores que fueron designados con el objeto de “contribuir a una mejor administración de justicia y también para permitir un mejor acceso a la misma y garantizar una más óptima defensa de aquellas personas que sean sometidas a la justicia penal con la consiguiente creación de defensorías en ese fuero”, expresó el interventor de Santiago del Estero. En tanto que los jueces provinciales en lo Criminal, Raúl Oscar Romero y Julio Alberto Llugdar fueron removidos de sus cargos, ya que cuentan con diversas denuncias en la Secretaría de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia.

Referendum(texto completo de la presentación)

El Jefe de Gobierno porteño, Aníbal Ibarra, ha presentado ante el Superior Tribunal de Justicia de la ciudad un escrito por medio del cual manifiesta su decisión de someter la continuidad de su mandato a la voluntad popular a través del mecanismo que prevé el art. 67 de la Constitución de la ciudad, que establece la posibilidad de hacer un referéndum para revocar su mandato. Dicho artículo establece que para su procedencia es necesario que hayan transcurrido 12 meses desde la asunción del cargo por parte del funcionario cuyo mandato pretende revocarse, y que resten más de 6 meses para el cumplimiento del respectivo mandato. Este extremo se halla aquí satisfecho. Además, dispone que la causal debe ser atinente al desempeño de funciones propias del cargo, extremo éste que también se da en el caso. Por último, exige que el pedido de revocatoria, reúna al menos el 20% de la firma de los electores, lo cual implica en el caso la obtención de alrededor de 500 mil firmas. No obstante, mediante esta presentación de Ibarra, se podría sortear este paso dado que él mismo se pone a disposición de la voluntad popular porque según entiende, dado el estado de las cosas es necesaria la premura en esta resolución. Ahora restará aguardar la solución del Superior Tribunal para ver si continua con el pedido de firmas o directamente establece que se pase al referendum.



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