Según el texto legal, que se aplicaría en los 25 países de la Unión, en le caso de los menores la decisión judicial válida será la que dicte el Tribunal del país de origen del mismo y, en el caso de que éste se encuentre en otro estado miembro, las cortes de ese lugar dispondrán de un plazo de seis semanas para aplicarla.
Para los casos en que padre y madre vivan con sus hijos en naciones diferentes los regímenes de visitas tendrán que ser aplicados en forma inmediata por los dos estados en cuestión.
La idea del proyecto es evitar y terminar con los problemas que se generan cuando los progenitores de los menores tiene residencias distintas, los cual dificulta los contactos con los niños, buscando eliminar formalidades burocráticas que dificultan las mismas.
La norma tiende a evitar los secuestros de menores cuando se realizan visitas (dado la ausencia de fronteras en la UE), al ser común que un tribunal del país de origen del niño otorgue la patria potestad a la madre, y derechos de visita al padre. Es a partir de esto que sucede que padres, se aprovechan de esas visitas para secuestrar al niño y se lo llevan a otro país, y cuando otro juzgado dicta una decisión contraria a la primera se generan problemas.
Por eso la nueva iniciativa hace valer la primera decisión con lo cual se cree que se logrará evitar ese tipo de inconvenientes de los cuales se evalúo, los únicos perjudicados terminan siendo los menores, quienes quedan atrapados en las contiendas judiciales de sus padres.
Normativamente en la pirámide judicial estaría por encima de la Convención de La Haya, relativa al secuestro de menores, para los Estados de la UE, por lo que si un menor tiene residencia habitual en Europa se le aplicaría esta norma, pero si su residencia fuera ajena al territorio de la UE, entonces sería competencia de la Convención de la Haya de 1980, siempre que el país tercero forme parte de ese tratado.