La propuesta estudiada consiste en derogar la ley 25.269, el Art. 90 de la ley 24.121, modificar el Art. 33º inc. 2º del C.P.P.N., para los casos en que el juez federal deba actuar como juez de debate en los casos correccionales y que se eleve la causa a otro Juez Federal par de la misma provincia; en caso que no lo hubiera a uno de los integrantes del Tribunal Oral Federal de la misma jurisdicción y crear ocho cargos de jueces nacionales de ejecución penal, distribuidos en seis zonas que abarcan todo el territorio nacional.
El proyecto fue analizado en el seno de la Comisión de Reglamentación y Reforma Judicial del Consejo de la Magistratura de la Nación, resolviéndose en dicho ámbito como primera medida, remitir la propuesta a los tribunales orales en lo criminal federal del interior del país, como así también a las Cámaras Federales a fin de que manifiesten su posición y presenten los comentarios que consideren útiles para su posterior consideración.
Luego de recoger las distintas opiniones en la comisión se aprobó el dictamen con la propuesta y fue girado al pleno, donde los consejeros deberán analizar en profundidad los pormenores de la medida, la cual según sus defensores será vital para evitar situaciones conflictivas e irregulares en la organización de justicia.