20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Acción judicial contra sociedades vinculadas a Cromagnon

La Inspección General de Justicia resolvió promover acciones contra diversas sociedades nacionales y extranjeras off shore. Consideran que detrás de ellas se ocultaron sucesivamente los verdaderos propietarios del inmueble de la calle Bartolomé Mitre 3038/78, en uno de cuyos predios funcionó la discoteca "República de Cromagnon". TEXTO COMPLETO

 
Por medio de la resolución nº 431, la Inspección General de Justicia dispuso la inmediata promoción de acciones judiciales a los fines de obtener la declaración de nulidad por simulación y abuso del derecho, de diversas sociedades nacionales y extranjeras off shore.

Se trata de las sociedades denominada “National Uranums Corporation”, con origen en las Islas Vírgenes Británicas, “Nueva Zarelux Sociedad Anónima” y “Financiera Rucas Sociedad Anónima”, ambas regidas por la ley 11073 (SAFI) de la República Oriental del Uruguay, así como las sociedades constituidas en el país, “Compañía Argentina de Emprendimientos Comerciales Sociedad Anónima” ( C.A.E.C.S.A. ) y “Central Park Sociedad de Responsabilidad Limitada”.

La resolución procura también obtener una declaración judicial que impute toda la actuación de dichas sociedades a los verdaderos responsables, esto es a las personas físicas que simularon constituir o integrar sociedades comerciales locales y provenientes del extranjero, a los fines de evadir cualquier responsabilidad, escondiéndose detrás de un entramado societario que impide a los terceros conocer la verdadera titularidad de los paquetes accionarios.

“Sea por la vía de acción de simulación absoluta o a través de la figura del abuso de derecho, resulta indudable la invalidez de la constitución y de la actuación de las sociedades “Nacional Uranums Corporation”, “Nueva Zarelux Sociedad Anónima” “Central Park Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Compañía Argentina de Emprendimientos Comerciales” y “Financiera Rucas Sociedad Anónima”, en razón de los vicios sucesivos acaecidos desde su génesis...” concluye la resolución.

Y añade que esto “priva a los actos llevados a cabo de sus efectos propios, lo que conlleva necesariamente a calificarlos con la nulidad absoluta, resultando aplicable lo dispuesto por el artículo 18 de la ley 19550, en tanto las causas de la nulidad de tales entes societarios se fundan en la ilegitimidad de su misma existencia”

La exhaustiva investigación efectuada por la Inspección General de Justicia, que fue dirigida por los Inspectores de Justicia Néstor Cotignola y Alejandra Duchini, reunió la declaración de más de 20 testigos y sucesivas visitas de inspección, que apuntaron a demostrar el carácter ficticio de todas las sociedades – nacionales y extranjeras – que han figurado como titulares registrales de los inmuebles sitos en la calle Bartolomé Mitre 3038/78 de la Ciudad de Buenos Aires.



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