La Corte Suprema de Justicia de la Nación modificó el punto 1º la Resolución 969/91 en lo que respecta al título exigido, disponiendo que “el director general pericial deberá tener título de abogado, contador público o médico”. Así lo dispuso el tribunal mediante la Resolución Nº 667/2005 al explicar que, con fundamento en lo dispuesto en la Acordada N° 10/91, por Resolución N° 969/91 se creó la Dirección General Pericial dentro de la Secretaría de Superintendencia Judicial, designándose un director general del que dependen los cuerpos periciales. En esa oportunidad la Corte consideró conveniente que para desempeñar el cargo mencionado debía requerirse título de abogado. No obstante ello, la Corte ha reflexionado en que los distintos cuerpos que conforman el organismo –tales como el Cuerpo Médico Forense o el Cuerpo de Peritos Contadores- están compuestos por profesionales que realizan funciones relativas a otras especialidades, por lo que dispuso que correspondía modificar en ese punto lo resuelto. Todo lo cual fue firmado por los ministros Enrique Petracchi, Augusto Belluscio, Antonio Boggiano, Carlos Fayt, Raúl Zaffaroni, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.
Queja
El fiscal general Joaquín Gaset presentó esta mañana un nuevo recurso ante la Cámara de Casación Penal, en un nuevo intento por evitar la libertad del empresario Omar Chabán, cuya excarcelación fue confirmada ayer por la Cámara del Crimen porteña. El recurso de queja interpuesto por el fiscal será tratado por la Sala III de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Eduardo Riggi, Guillermo Tragant y Angela Ledesma.
Independencia
El consejero Abel Cornejo le pidió al presidente del Consejo de la Magistratura Enrique Petracchi que en la reunión plenaria del próximo 2 de junio el cuerpo discuta “la posibilidad de emitir un pronunciamiento sobre el necesario resguardo de la independencia del Poder Judicial de la Nación”. Se trata de que el Consejo se sume a otros estamentos judiciales que repudiaron las expresiones del presidente Kirchner que criticó a la justicia por las excarcelaciones de Omar Chabán y María Julia Alsogaray afirmando que fueron “una cachetada a la sociedad”. En efecto, el Consejo de la Magistratura no emitió pronunciamiento sobre las criticas que recibieron los magistrados, más teniendo en cuenta que es el órgano encargado de proponerlos.“No se alcanzará afianzar la justicia, ni el prestigio de la magistratura avasallando las instituciones, por cuanto el adecuado sustento de los tres poderes del estado depende, ante todo, del reconocimiento de cada uno sobre la independencia y el adecuado marco funcional del otro, sin excepciones” sostuvo Cornejo en su carta dirigida a Petracchi.
Beraja no perdió del todo
El juez Hornos, el único que votó sobre el fondo de la cuestión, propició la confirmaciòn de la denegatoria de la excarcelación del ex banquero. En cambio, los dos votos de la mayoría, se pronunciaron por el reenvío de la sustanciación del incidente a la misma sala de la Cámara Federal, para que dicte una nueva resolución sobre el tema de manera urgente. Fuentes judiciales pronostican que para el mes de diciembre podría haber un nuevo pronunciamiento del tribunal casatorio descontando que la Cámara Federal confirmará lo resuelto en su momento.
Diariojudicial.com publica el fallo completo.
Oficial
El presidente Néstor Kirchner le aceptó la renuncia al juez en lo penal económico Julio Cruciani mediante el decreto 534/2005, publicado este viernes en el Boletín Oficial. El magistrado dejará su función en la justicia el 1 de julio próximo y, tal como lo anunció, se dedicará a la política.
Narvaiz
La Procuración General de la Nación ha convocado por medio de la Resolución 40/2005, a Pedro Carlos Narvaiz para cubrir la vacante en el cargo de fiscal general a cargo de la Fiscalía Nº 4 ante la Cámara Nacional de Casación Penal, que se había producido al aceptarse la renuncia del mismo, a partir del 1º de mayo de 2005, en razón de haberse acogido al beneficio jubilatorio. Asimismo, invocó la facultad de convocarlo, dispuesta por el art. 16 de la Ley 24.018 en virtud del cual, al conservar Narvaiz su estado judicial, podía ser llamado a ocupar transitoriamente el cargo que desempeñaba con anterioridad. Ahora Narvaiz deberá presentarse a partir del 11 de julio de 2005 para cubrir el cargo, hasta tanto la vacancia sea cubierta a través del correspondiente concurso o hasta que existan otras circunstancias que así lo aconsejen.