El tribunal confirmó así una resolución de la jueza federal María Servini de Cubría en relación con la sustracción, retención y ocultamiento de identidad de un menor, quien resultó ser además nieto de una de las dirigentes de la asociación Abuelas de Plaza de Mayo.
Magnacco, durante su indagatoria había reconocido haber asistido partos en la ESMA, pero no recordar el caso puntual de Patricia Julia Roisimblit, quien fue secuestrada junto a su marido José Manuel Pérez Rojo, cuando la mujer llevaba 8 meses de embarazo.
En la causa, quedó comprobado que en el hospital de ese organismo Naval donde funcionó un centro clandestino de detención existieron "habitaciones acondicionadas para partos" y que sobre los escritorios se colocaban colchonetas para atender a las parturientas cuando se registraban los nacimientos.
La Sala Segunda de la Cámara Federal, al confirmar el procesamiento del facultativo dio por probado que fue "el médico que efectivamente intervino en el parto de Rosinblit" y que además "habitualmente ejercía su actividad en el centro clandestino de detención que funcionaba en la ESMA".
El tribunal fue categórico al acusar a Magnacco de "aceptar la presencia de mujeres en un destino masculino, para intervenir en partos en las condiciones que estos se efectuaban, sin historia clínica y omitiendo dejar registro, sin indicios suficientes de la participación conciente y voluntara del imputado en los delitos de retención, sustracción y ocultamiento" del menor.
El tribunal confirmó el procesamiento de Magnacco, y trabó embargo por 400 mil pesos sobre sus bienes, al igual que con el matrimonio apropiador integrado por Francisco Gómez y Teodora.