Durante el acto se entregó un instructivo para la aplicación del procedimiento sumario y una lámina sintetizando la reforma introducida en el Código Procesal Penal de la provincia. La reforma regirá plenamente a las cero horas del 1 de agosto, razón por la cual la Corte de Justicia y el Ministerio Público llevan adelante una campaña de difusión de las reformas introducidas en el Código Procesal Penal por Ley 7202.
El instructivo, sintetiza la forma en la que se debe aplicarse el “procedimiento sumario”, y a través de este, se busca agilizar la etapa inicial del proceso iniciado contra las personas que hubieran cometido delitos cuyas penas sean inferiores a los cinco años. Ello así, ya que la reforma partió de modificar la línea divisoria entre los delitos denominados leves y aquellos considerados graves. Esta línea está en los cinco años de prisión, lo que implica un cambio sustancial por cuanto en la actualidad se consideran leves a aquellos delitos cuya pena máxima es de tres años, mientras que son graves aquellos que superan este tope.
Cuando el próximo 1º de agosto entre en vigencia la reforma, también se pondrá en marcha un sistema de transición que regirá por dos años. Para ello, la semana pasada la Legislatura provincial aprobó la creación de tres juzgados Correccionales y de Garantías que cumplirán con las funciones de juzgados de transición, llevando adelante las causas que actualmente tienen los juzgados de Instrucción Sumaria.
Estos juzgados, se transformarán en Juzgados Correccionales y de Garantías, que en un total de cinco, también entrarán en funcionamiento con el primer minuto del primer día de agosto. En esa misma fecha también comenzará a funcionar el Juzgado de Detenidos y Garantías, otra de las novedades que en materia de protección de los derechos de las personas contiene el nuevo código de rito de la provincia de Salta.
El instructivo ha sido destinado fundamentalmente a los efectivos policiales que tendrán un rol clave en el “procedimiento sumario”. Este, es esencialmente ágil y presenta como variante el hecho de que la dirección corresponde al fiscal correccional y está a cargo inicialmente de la policía. De esta forma, los efectivos de la fuerza de seguridad actuarán inmediatamente, luego de haber tomado conocimiento de un delito, elaborando lo que se conocerá como el “acta única”. Desaparecerá en este sentido el sumario de prevención.
En el “acta única”, se consignarán todos los detalles del procedimiento, protagonistas, las tareas realizadas y los resultados obtenidos, entre otras cosas. Este documento, será elevado luego al fiscal correccional, quien deberá emitir dictamen ya sea requiriendo su elevación a juicio o bien pidiendo el archivo de las actuaciones o el sobreseimiento del autor del delito.
Para ello, los efectivos policiales cuentan con un plazo de tres días para elevar sus actuaciones al fiscal correccional (este plazo se puede extender a ocho días cuando se trata de casos producidos a una distancia considerable o en caso de condiciones climáticas graves) quien a su vez cuenta con cinco días para emitir su dictamen. Los efectivos policiales serán, de acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Penal reformado, la primera línea de investigación ya que su tarea dará sustento y fundamento a las acusaciones que luego lleve adelante el fiscal correccional.
La policía actuará en forma inmediata, luego de la comisión de un delito. Si hubiera una persona privada de su libertad, deberá comunicarlo inmediatamente tanto al fiscal correccional como al Juez de Detenidos y Garantías. Si el acusado fuera un personal de una fuerza de seguridad, se deberá comunicar también al fiscal de asuntos policiales y penitenciarios, otra de las novedades de la nueva legislación en materia procesal penal de la provincia.