20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Fotos non sanctas

La Cámara del Crimen procesó a María Antonia Ferro, directora del parque temático “Tierra Santa”, por publicar varias fotos sin el consentimiento de su autor. Se le imputa la probable comisión del delito previsto en el art. 72 inc. a de la Ley 11.723.

 
Lo resolvió la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional integrada por Gustavo Bruzzone y Jorge Luis Romondi en autos “De Simone, Eduardo y otros s/sobreseimiento” a raíz del recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra la resolución que sobreseyó a María Antonia Ferro, alias “Betty”, directora institucional del parque temático Tierra Santa y esposa del sindicalista Armando Cavallieri.

La nombrada esta acusada de haber defraudado los derechos de propiedad intelectual de Domingo Pitrelli al difundir varios fotografías que fueron incluidas en elementos de promoción publicitaria del emprendimiento, sin la debida autorización de su autor.

Según explicó el querellante, las fotografías habían sido tomadas y entregadas a la Sra. Ferro de Cavallieri para que las autoridades del parque evaluaran si les interesaba su utilización, y en caso positivo, se llegara a un acuerdo con Pitrelli.

Además contó que las fotos las hizo en el mes de octubre de 2000, por indicación del Dr. Fernando Pugliese, y que la producción consistía en 30 muestras completas del complejo turístico. Luego Pugliese le encomendó a Germán Duek para que entregara el material a las autoridades para ver si estaban interesadas en su utilización comercial.

Luego de un tiempo, el fotógrafo reclamó infructuosamente las muestras. No obstante, en septiembre de 2001 comprobó que habían sido utilizadas en la publicidad del parque. Pitrelli reclamó ante las autoridades pero no tuvo eco ya que las mismas se siguieron utilizando.

En su declaración, Pugliese confirmó los hechos y explicó que “existieron negociaciones luego de suscitado el conflicto, para arribar a un acuerdo, pero no fue posible por existir diferencias en la exigencia económica del material”. Por su parte, Duek ratificó que hizo entrega del material a la señora Ferro de Cavallieri, “quien quedó muy contenta con el trabajo y le dijo que iba a hablar con su marido”. Por todo ello, la Cámara decidió revocar el sobreseimiento de Ferro de Cavallieri y procesarla por la presunta comisión del delito de defraudación, prevista por el artículo 72 inciso a de la Ley de Propiedad Intelectual. “El material reúne las características de una obra intelectual desde que es una forma de creación producto de la inteligencia con notas de originalidad y significación personal”, explicaron los jueces.

Y agregaron: “Ferro no podía dejar de conocer que la reproducción aludida carecía de la autorización de su autor, desde que el material que aquella exhibía se correspondía a las fotos que le habían sido dejadas para su evaluación”.

dju / dju
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